Denuncia ante la Corte Penal Internacional

Enviado por tortilla el Mar, 14/11/2023 - 07:35

9 de noviembre de 2023

Al Sr. Fiscal de la Corte Penal Internacional

Estatuto, artículos 15.1 y 53.1

Asociaciones, sindicatos y ONG

1. AFAK Bethléem
2. AFD International, Bruxelles
3. AFPS Meurthe et Moselle NORD
4. AGAP, Association Guadeloupéenne d’action contre le Chlordécone, Pointe-à-Pitre
5. Agir pour la Paix, Bruxelles
6. Agora des Habitants de la Terre, Bruxelles
7. Al Islah Al Nakabi, Beyrouth
8. Albertville Jourdain Vallée Solidarité, Albertville
9. Anayasa Hukukculai Dernegi, Association of Constitutional Lawyers, Istanbul
10. ANC Communiste, Paris
11. ANMWE 67, Port-Louis, Guadeloupe
12. Artistes pour la Paix, Canada
13. Association Belgo-Palestinienne
14. Association club Mohamed Ali de la culture Ouvrière, ACMACO, Tunis
15. Association Collectif Blouses Blanches pour les Libertés Fondamentales, Les Mureaux
16. Association Contre le Colonialisme Aujourd'hui (ACCA), Paris
17. Association Culturelle Musulmane Meyrinoise, Meyrin, Suisse
18. Association des Palestiniens de France, AL JALIYA, Union d’Associations palestiniennes en France, Paris
19. Association Femmes Plurielles, Paris
20. Association For Democraty and Développement
21. Association France Palestine Solidarité, AFPS, Calvados
22. Association Médico-Sociale Libanaise, Beyrouth
23. Association Humanitaire Salem, Ambérieu en Bugey
24. Association québécoise des organismes de coopération internationale (AQOCI), Montréal
25. Association Victimes de Torture A.V.T.T, Tunis
26. Campagne Civile Internationale pour la Protection du Peuple Palestinien, CCIPPP, Montpellier
27. CAPJPO-Europalestine, Paris
28. Carré Citoyen, Stains
29. Centre international de solidarité ouvrière (CISO), Montréal, Québec
30. Centre Islamique de Genève
31. Charente Palestine Solidarité
32. Collectif contre l’Injustice, Strasbourg
33. Collectif contre l'injustice, Strasbourg
34. Collectif de Strasbourg de Première Heure, Strasbourg
35. Collectif Grands Méchants Mots, Marseille
36. Collectif Jasmin, Genève
37. Collectif Palestine 69, Lyon
38. Comité Action Palestine, Bordeaux
39. Comité de Libération des Prisonniers Politiques (CL2P), Paris
40. Comité de Solidariedade com a Palestina, Lisbonne
41. Comité de solidarité des Trois-Rivières, Québec
42. Comité Palestine 94 Nord, groupe local de Fontenay-sous-Bois de l'Association France Palestine Solidarité
43. Comité pour le Respect de la Mémoire du Peuple Guadeloupéen, Pointe-à-Pitre
44. Comité pour une Paix Juste au Proche-Orient, Luxembourg
45. Commission Contributive Citoyenne Genève (CCC Genève) Suisse
46. Conseil de Genève pour les Affaires Internationales et le Développement
47. Couleur Palestine 69
48. Cultures Solaires Bédarieux
49. Cultures solidaires Béziers
50. Deutsch-Palästinensische Gesellschaft (DPG), ie The German Palestinian Association, Bremen
51. Dituria, centre culturel islamique albanais de Genève
52. Echange Rhône-Alpes Palestine, Lyon
53. Espace Vêtements du Cœur, Lyon
54. European Coordination of Committees and Associations for Palestine (ECCP), Bruxelles
55. European Palestinian Council For Political Relations, Belgique
56. Europeans Against Apartheid (EAA), Bruxelles
57. Fédération Droit Au Logement (DAL), Paris
58. Femmes en Noir de Caen
59. Filistin Gozlemevi Aeastirmw, Istanbul
60. Fondation Frantz-Fanon, Paris – Martinique
61. Forum Nord Sud, ASBL, Belgique
62. FORUM Training and Empowerment, Amman
63. GAPE, George Antoine pour l’Espoir, Sens
64. Groupe de Recherche sur les Imaginaires Politiques en Amérique Latine (GRIPAL), Montréal
65. Hope for Palestinian Students, Bruxelles
66. Hukukçu Akademisyenler Denergi, Association of legal Academics, Istanbul
67. Hukukçu Kadinlar Denergi, Association of Women in Law, Istanbul
68. Human Right Solidarity Organisation, Genève
69. IBRASPAL, Instituto Brasil Palestina, Sao Paulo
70. Institut scandinave pour les Droits de l’Homme / Fondation Haytham Manna, Genève
71. International Association Of Syrian Jurists, Istanbul
72. ISM-France, Douarnenez
73. JAI JAGAT, Belgique
74. JSF, Justice Sans Frontières, Belgique
75. Justice and Democracy ASBL, Bruxelles
76. Justice et Droit Sans Frontières, Paris
77. Justice et Psychologie, Strasbour
78. Justice for Human Rights, JHR, Istanbul
79. L’@SoS, Alès
80. La Courneuve Palestine, La Courneuve
81. LAKOU LKP, Pointe-à-Pitre
82. Le Diwan des 1000 et 1 mondes, Poitiers
83. Mayouri No’No Fii Gwiyann (MNFG), Cayenne
84. MAZLUMDER, Insan Haklari ve Mazlumlar Icin Dayanisma Dernegi, Association for Human Rights
85. Mouvement pour une Solidarité Internationale, MSI, Lyon
86. MRAP 26, Valence
87. MRAP Rhône, Villeurbanne
88. National Society for Human Right, Aman
89. Obsevatoire, violence, criminalisation et démocratie, Montréal, Québec
90. Oh association d'aide sociale, Tripoli, Liban
91. One Justice for Human Rights, Paris
92. Palestina Solidariteid, vzw, Belgique
93. Palestine 13, groupe local de l’AFPS, Marseille
94. Palestinian Monitor, Malmö, Suède
95. PALMED EUROPE, Paris
96. Poitiers Palestine, Poitiers
97. Présence et Action Culturelles, ASBL, Bruxelles
98. Résistance Palestine, Sainte-Foy-lès-Lyon
99. SAM pour les droits et libertés
100. SOLSOC, Solidarité Socialiste, ASBL Belgique
101. Sunbula, Association de Solidarité Internationale, Compiègne
102. Syndicat National des Praticiens de Santé Publique, Alger
103. Terres du Sud
104. The American Center for Justice (ACJ), Dearborn, Michigan, the United States of America
105. TURKAD, Türkiye Adalet Arasturmalari Denergi, Turkish Justice Research Association, Istanbul
106. UJFP, Union Juive Française Pour la Paix, Paris
107. Uluslararasi Hukukçular Birligi, International Jusits Union, Istanbul
108. UM Association, Beyrouth
109. Un Nouveau Visage, Joinville-le-Pont
110. Union Générale des Travailleurs de Guadeloupe (UGTG), Pointe-à-Pitre
111. Union Générale des Travailleurs de Martinique (UGTM), Fort-de-France
112. Union Internationale des juristes, Genève
113. Union française des binationaux et de la diaspora algérienne, Paris
114. Unis Pour une Meilleure Société, Grand-Charmont
115. United Motter, Beyrouth
116. Yardimeli Uluslarar Arasi Insami Yardim Dernegi, Yardimeli International Humanitarian Association

TENER COMO ABOGADOS 

1. Me Gilles DEVERS, du Barreau de Lyon, France, inscrit sur la liste des conseils de la CPI, exerçant 3 place Louis Pradel, 69001 Lyon, France
2. Maître Khaled Al-SHOULI Avocat au Barreau de Jordanie, Jabal Al-Hussein, 85 Al-Razi Str., Amman, Jordanie
3. M. Abdelmajid MRARI, Advocate, Bar of Tanger, 19 Rue de Kénitra, Marchan Tanger, Maroc

ELECCIÓN DE DOMICILIO

A los efectos de este procedimiento, las asociaciones y sus consejos eligen su domicilio en la oficina de Me Gilles DEVERS, 3 place Louis Pradel, 69001 Lyon, Francia, correo gilles@deversavocats.com

Por lo tanto, toda correspondencia y cualquier notificación se realizará únicamente a esta dirección, y se considerará válida para todos

4. Monsieur le Bâtonnier Abderrahmane BENAMEUR, Barreau de Rabat
5. Monsieur le Bâtonnier Abderrahim JAMAI, Barreau de Rabat
6. Monsieur le Bâtonnier Hatem MZIOU, Barreau de Tunisie
7. Monsieur le Bâtonnier S.S. SAAEV, Bar association of the Chechen Republic « Justice », Grozny, Chechen Republic, Russia
8. Monsieur le Bâtonnier Turgay SAHIN, Afyonkarahisar, Turquie
9. Me Ali ABU ALI, Barreau de Palestine
10. Me Aseel ZAGHIBI, Barreau de Palestine
11. Me Ghassan ESTITI, Barreau de Palestine
12. Me Julnar BADAWIYA, Barreau de Palestine
13. Me Karam AWAD, Barreau de Palestine
14. Me Magdy HAMMADI, Barreau de Palestine
15. Me Imad HAMAD, Barreau de Palestine
16. Me Muhammad HOSHIYA, Barreau de Palestine
17. Me Qutaiba BADAWIYAH, Barreau de Palestine
18. Me Raed OBAIDI, Barreau de Palestine
19. Me Abdallah ALHARAHSHEH, Barreau de Jordanie, Jordanie
20. Me Abdelhafid Kourtel, Barreau d’Alger
21. Me Abdelmadjid BENAMARA, Barreau de Paris, France
22. Me Abdelmon’em HUSSEIN -H éà Barreau de Jordanie, Jordanie
23. Me Abdenour ABBAS, Barreau de Boumerdès, Algérie
24. Me Abderrahmane BELHOUARI, Barreau d’Alger, Algérie
25. Me Abdoul Gadiri Diallo, Barreau de Guinée Conakry, Guinée Conakry
26. Me Abdoulaye Amadou BA, Barreau de Mauritanie, Mauritanie
27. Me Abdul-Aziz MUNJ, Barreau d’Ecosse, Ecosse
28. Me Abdulhalim TIRABZON du Barreau d’Istanbul, Turquie
29. Me Abdulhamit CEYLAN du Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
30. Me Abdulsamet UYGUN du Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
31. Me Abubakr ASHRAF, Barreau de Faisalabad, Pakistan
32. Me Adnan LIAKAT, Barreau de Lahore, Pakistan
33. Me Adriana IVANOVA, Barreau de Montpellier, France
34. Me Agnès MARTIN, Barreau de Grenoble, France
35. Me Ahlem HASNI, Barreau d’Aix-en-Provence, France
36. Me Ahmet AKCAN du Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
37. Me Ahmet YILMAZ du Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
38. Me Ajer DAHMANI, Barreau de Seine-Saint-Denis, France
39. Me Akila MEHADJI, Barreau de Paris, France
40. Me Ala ADAS, Barreau de Lyon
41. Me Alima BOUMEDIENE-THIERY, Barreau de Val-d'Oise, France
42. Me Amandine SIAU, Barreau de Paris, France
43. Me Amel BCHINI, Barreau de Tunisie, Tunisie
44. Me Amele MANSOURI, Barreau de Rouen, France
45. Me Amina FAISI, Barreau d’Alger, Algérie
46. Me Amina MEGDOUB, Barreau de Paris, France
47. Me Amine EL QATIB, Barreau de Paris, France
48. Me Anaïs BAZIZ, Barreau de Paris, France
49. Me Anaïs PLACE, Barreau de Paris, France
50. Me Anis BENISAD, Barreau de Paris, France
51. Me Anis F. KASSIM, Barreau de Jordanie, Jordanie
52. Me Anne ROBERT, Barreau de Lyon, France
53. Me Annissa EL-ALAMI, Barreau de Paris, France
54. Me Antoine DE FLANDRE, Barreau de Paris, France
55. Me Antoine LE SCOLAN, Barreau de Guadeloupe, Saint-Martin et Saint-Barthélemy, France
56. Me Aouicha BEKHTI, Barreau d’Alger, Algérie
57. Me Arooj AHSAN, Barreau de Paris, France
58. Me Asif ARIF, Barreaux de Paris, France et de Californie Etats-Unis d’Amérique
59. Me Asif RIZWAN, Barreau de Lahore, Pakistan
60. Me Asmaa ELMOUDDEN, Barreau de Tanger
61. Me Atéka VASRAM, Barreau de Paris, France
62. Me Audrey BERTEAU, Barreau du Québec, Canada
63. Me Aws ALMAHASNEH, Barreau de Jordanie, Jordanie
64. Me Ayse DOGANGUZEL du Barreau No 2 d’Ankara, Turquie
65. Me Balkiss EL ACHECHE, Barreau de Paris
66. Me Bassem EL HOUT, Barreau de Beyrouth, Liban
67. Me Berra Nur YILDIRIM Barreau d’Istanbul No 2, Turquie
68. Me Bilel IRATNI, Barreau de Paris, France
69. Me Bircan KACMAZ ALTIN du Barreau de Diyarbakir, Turquie
70. Me Boudjema GHECHIR, Barreau d’Alger, Algérie
71. Me Brahim AKARIOUH, Barreau de Paris, France
72. Me Burak TUREDI du Barreau d’Ankara No 1, Turquie
73. Me Busra KOYUNCU du Barreau d’Ankara No 2, Turquie
74. Me Cafer TANRIKULU du Barreau d’Istanbul No 2, Turquie
75. Me Cahit OZKAN du Barreau d’Istanbul No 2, Turquie
76. Me Camille DORE, Barreau d’Amiens, France
77. Me Catherine DESCOTEAUX, Barreau du Québec, Canada
78. Me Celal KARA du Barreau de Kahramanmaras, Turquie
79. Me Celia BOUKHTOUCHE, Barreau de Paris, France
80. Me Cem ALP, Barreau de Lyon, France
81. Me Cem KAYA du Barreau d’Istanbul, Turquie
82. Me Ceren TUNCER du Barreau d’Ankara No 2, Turquie
83. Me Cérine Ben Hamouda, Barreau de Paris, France
84. Me Chahaida YANNI, Barreau de Paris, France
85. Me Cherryne RENAUD, Barreau de Paris, France
86. Me Chouaib AHIDI, Barreau de Tanger, Maroc
87. Me Claudia MEDINA OLIVIERA, Barreau de Paris, France
88. Me Corine BEN HAMOUDA, Barreau de Paris, France
89. Me Cynthia WEIBEL Barreau de Genève, Suisse
90. Me Dananir RHARNIT, Barreau de Casablanca, Maroc
91. Me Daoud MILCENT, Barreau de Thonon-les-Bains, France
92. Me Diala AL-SHAMAN, Barreau de Paris, France
93. Me Dilan DAMLA, Barreau du Québec, Canada
94. Me Dounia BELGHAZI, Barreau de Lyon, France
95. Me Ebubekir PENBEGULLU du Barreau d’Istanbul
96. Me Ece ESERLI du Barreau d’Istanbul, Turquie
97. Me Eddine DENFER-DJEFFAL, Barreau de Lille France
98. Me Eizer SOUIDI, Barreau des Hauts-de-Seine, France
99. Me Elif Nur GUVENCER Barreau d’Istanbul, Turquie
100. Me Elif YILDIRIM Barreau d’Ankara, Turquie
101. Me Elodie COUVRAND, Barreau de Paris, France
102. Me Emilia ZELMAT, Barreau des Hauts-de-Seine, France
103. Me Eyuphan KORKMAZ Barreau d’Ankara, Turquie
104. Me Fadila OUADAH-BENGHAL, Barreau de Paris, France
105. Me Faïza BENKENANE, Barreau de Paris, France
106. Me Faïza KADRI, Barreau du Québec, Canada
107. Me Faizat EL HILALI DALLA-VECCHIA, Barreau de Senlis, France
108. Me Farah BENAMARA, Barreau de Paris, France
109. Me Faten BEN HASSINE, Barreau de Toulon, Paris
110. Me Fatima LAMALMI, Barreau de Paris, Paris
111. Me Fatma BENLI YALCIN Barreau d’Istanbul, Turquie
112. Me Faycal CHAOUCHE, Barreau de Luxembourg, Luxembourg
113. Me Figen SASTIM Barreau d’Istanbul, Turquie
114. Me Fikret OZTAMUR Barreau d’Istanbul, Turquie
115. Me Flaminio MAFFETTINI, Barreau de Bergamo, Italie
116. Me Ghizlane MAMOUNI, Barreau de Paris, France
117. Me Hadjer ROUABAH, Barreau de Lyon, France
118. Me Hakim CHERGUI, Barreau de Paris, France
119. Me Hakim KEBILA, Barreau de Paris, France
120. Me Halil UGURSEVENLER, Barreau d’Istanbul, Turquie
121. Me Halit ALI, Barreau No:1 d’Istanbul, Turquie
122. Me Hamida BENTAOUIT, Barreau de Tanger, Maroc
123. Me Hasan Huseyin PALAN, Barreau No:2 d’Istanbul, Turquie
124. Me Havva KUTLUAY, Barreau No:1 d’Istanbul, Turquie
125. Me Héla NACEUR HIRMANPOU, Barreau de Paris, France
126. Me Hind BEN MILOUD, Barreau Alger, Algérie
127. Me Hind SEDKI EL IDRISSI, Barreau de Casablanca
128. Me Huseyin AKYOL, Barreau No:1 d’Istanbul
129. Me Husnu TUNA du Barreau No:2 d’Istanbul
130. Me Hweida SHAREEF, Barreau de Soudan
131. Me Hychem MEJERI, Barreau de Toulon, France
132. Me Inès Ben MADKHOUR, barreau des Hauts-de-Seine, France
133. Me Iris PRENI, Barreau de Strasbourg, France
134. Me Isa GULTASLAR, Barreau de Bruxelles, Belgique
135. Me Isa SAY du Barreau de Van, Turquie
136. Me Ismaël HERDA, Barreau de Lyon, France
137. Me Ismaël MEZITI, Barreau de Marseille, France
138. Me Jérôme BRASSART, Barreau de Lille, France
139. Me Jessica DUFRESNE, Barreau du Québec, Canada
140. Me Judie HAJJO, Barreau de Lyon, Paris
141. Me Julie CROWET, Barreau de Bruxelles
142. Me Julien MARTIN, Barreau de Strasbourg, France
143. Me Juliette Detrixhe, Barreau de Bruxelles
144. Me Kahina TOUAMI, Barreau des Hauts-de-Seine, France
145. Me Kamara EL YAAGOUBI, Paris, France
146. Me Kaouçar YOUNES – GHARBI, Barreau de Lille, France
147. Me Karim TOURMOUS, Barreau du Brabant Wallon
148. Me Kaya KARTAL du Barreau No:1 d’Istanbul
149. Me Khadija EL MADMAD, Barreau de Rabat
150. Me Khadija SIDDIQI, Barreau de Lahore, Pakistan
151. Me Khaled ELACHI, Barreau de Paris
152. Me Kourtel A. HAFID, Barreau d’Alger
153. Me Kubilay SARI, Barreau de Paris
154. Me Laetitia YADEL, Barreau de Paris
155. Me Laila ATTA, Barreau de Jordanie
156. Me Lamis DEEK, Barreau de New York, USA
157. Me Lamyaa NAICH, Barreau de Luxembourg, Luxembourg
158. Me Lara ELBORNO, Barreau de Paris
159. Me Laura NASSRALAH, Barreau de Genève, Suisse
160. Me Lauriane PALARDY, Barreau de Québec, Canada
161. Me Laurie COMBES, Barreau de Marseille, France
162. Me Layla HAMERY, Barreau de Paris, France
163. Me Lazare AMRANE, Barreau de Lyon
164. Me Leila AISSAOUI, Barreau de Paris, France
165. Me Lina VITALE, Barreau de Genève, Suisse
166. Me Linda AOUADI, Barreau de Montpellier, France
167. Me Linda BOUDOUAOUIR, Barreau de Paris, France
168. Me Linda HOUFAF, Barreau de Paris, France
169. Me Linda TEGHDIT, Barreau de Paris, France
170. Me Louise HUBERT, Barreau de Paris, France
171. Me Lynda SADLAOUD, Barreau de Batna, Algérie
172. Me Maëlla DUCASSOUX, Barreau de Paris, France
173. Me Magda EL HAITHEM, Barreau de Paris, France
174. Me Maqsood RANA BALAWAL, Barreau de Lahore, Pakistan
175. Me Marguerite du TERTRE, Barreau de Paris
176. Me Mariama MILLOU, Barreau de Metz, France
177. Me Marie POGLIONE, Barreau de Paris, France
178. Me Marine ZAGAR, Barreau de Paris, France
179. Me Mark PHILLIPS, Barreau de Montréal, Canada,
180. Me Maurice BUTTIN, Avocat honoraire, Barreau de Paris
181. Me Maya LINO, Barreau de Paris
182. Me Mazen FAKIH, Barreau de Paris, France
183. Me Mehdi Belkacem, Barreau de Paris France
184. Me Mehmet Fatih KIRATLI du Barreau No 2 d’Istanbul
185. Me Mehmet Fatih YALCIN du Barreau de Kilis
186. Me Mehmet KOCAK du Barreau No 2 d’Istanbul
187. Me Melissa DEBARA, Barreau de Lille
188. Me Meriem KHELLADI-REINAERT, Barreau de Paris, France
189. Me Merve BINGOL, Barreau de Montpellier, France
190. Me Merve Erol, Barreau de Paris, France
191. Me Merve Sultan BILGEN du Barreau No 1 d’Istanbul, Turquie
192. Me Mesut TORAMAN du Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
193. Me Metin ILHAN du Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
194. Me Mohamed BENNEGUEOUCH EL BACHIR, Barreau de Blida, Algérie
195. Me Mohamed JALAL, Barreau de Rabat, Maroc
196. Me Mohamed MBARECK Mohamed VALL, Barreau de Mauritanie, Mauritanie
197. Me Mohamed Yassir SEMLALI, Barreau de Rabat, Maroc
198. Me Mounir BENNAOUM, Barreau de Bruxelles, Belgique
199. Me Mubarak Al Mutawaa, Bar of Koweit City, Koweit
200. Me Muhammed Hamza ATAMAN du Barreau No 1 d’Ankara, Turquie
201. Me Muhammed İkbal DEMIRAL du Barreau No 1 d’Istanbul, Turquie
202. Me Muhammet Fatih SONMEZ du Barreau No 2 d’Ankara, Turquie
203. Me Mustafa NASRALLAH, Barreau de Jordanie, Jordanie
204. Me Mustafa TASBASI du Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
205. Me Myriam DROUCH, Barreau de Seine Saint-Denis
206. Me Myriam ZAHID, Barreau de Paris, France
207. Me Nadia FALFOUL, Barreau des Hauts-de-Seine, France
208. Me Nadia LEBECHE, Barreau de Rouen, France
209. Me Nadia TEBAA, Barreau de Paris, France
210. Me Naila SOUBKI, Barreau de Québec, Canada
211. Me Najet HADRICHE, Barreau de Tunisie, Tunisie
212. Me Nawal BOUZINAB-CHUITAR, Barreau de Bruxelles, Bruxelles
213. Me Nawal KACI, Barreau de Paris, France
214. Me Nawel GAFSIA, Barreau de Paris, Paris
215. Me Necati CEYLAN du Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
216. Me Nora DHRISS, Barreau de Mulhouse, France
217. Me Nora MISSAOUI-LEFEBVRE, Barreau de Lille, France
218. Me Nourredine BENISSADA, Barreau d’Alger, Algérie
219. Me Nuray ALBAYRAK du Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
220. Me Oguzhan TURHAN, Barreau No 1 d’Istanbul, Turquie
221. Me Omer GENCICEK, Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
222. Me Omer TEMEL, Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
223. Me Osaid NAJAJREH, Barreau de Jordanie, Jordanie
224. Me Ossama DAHMANE, Barreau de Lille, France
225. Me Ozlem Fadime ALTUN AKYOL, Barreau No 1 d’Istanbul, Turquie
226. Me Oznur OZDEMIR, Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
227. Me Parina MASKEEN, Barreau de Luxembourg, Luxembourg
228. Me Pauline BOULARD, Barreau de Lyon, France
229. Me Rachid ABDERREZAK, Barreau de Paris, France
230. Me Rachid ELOMARY, Barreau de Tanger, Maroc
231. Me Rahma HAMROUNI, Barreau de Paris, France
232. Me Rai USMAN, Barreau de Lahore, Pakistan
233. Me Rajnish LAOUINI, Barreau de Paris, France
234. Me Rajuish LAOUNI, Barreau de Créteil, France
235. Me Redwan METTIOUI, Barreau de Bruxelles, Belgique
236. Me Riza SAKA, Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
237. Me Rym GOUIZI, Barreau de Paris, France
238. Me Saadia DRAISS Barreau de Casablanca, Maroc
239. Me Sabine VENTURELLI, Barreau du Québec, Canada
240. Me Sabrina BESANGER, Barreau d’Avignon, France
241. Me Sabrina BOUAOU, Barreau de l’Essonne, France
242. Me Sabrina HADDAD, Barreau de Marseille, France
243. Me Sabrina MAHDOUD, Barreau Mulhouse, France
244. Me Sadjia MADI, Barreau de Boumerdes, Algérie
245. Me Sahra HAKIM, Barreau de Créteil, France
246. Me Salima HAMIDATOU, Barreau de Paris, France
247. Me Samet ÖZTÜRK, Barreau d’Avignon, France
248. Me Samira BOUYID, Barreau de Bruxelles, Belgique
249. Me Sanam MOHSENZADEGAN, Barreau de Seine Saint-Denis, France
250. Me Sara BELLAHOUEL, Barreau de Paris, France
251. Me Sarah AHMED YAHIA, Barreau de Paris, France
252. Me Sarah BECHARI, Barreau de Besançon, France
253. Me Sarah BOUGRAB, Barreau des Hauts-de-Seine, France
254. Me Sarah KECHA, Barreau de Bordeaux, France
255. Me Sarah NADJI, Barreau de Lille, France
256. Me Sarah SABER, Barreau de Lyon, France
257. Me Sarah TARABAY, Barreau de Paris, France
258. Me Sawsan ABU MAYALEH, Barreau de Jordanie, Jordanie
259. Me Sayah OUERIEMMI, Barreau de Tunisie, Tunisie
260. Me Sefa YOZGATLI du Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
261. Me Selma Benkhelifa, Barreau de Bruxelles, Belgique
262. Me Sevda GOG, Barreau d’Istanbul, Turquie
263. Me Seyf-Eddine MOKEDDEM, Barreau de Saint-Etienne, France
264. Me Sezgin TUNC, Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
265. Me Skander LAHMAIER, Barreau de Tunisie, Tunisie
266. Me Sofia SADFI, Barreau de Paris, France
267. Me Sonia DELAYE-NSIR, Barreau de Paris, France
268. Me Sonia LAAREG, Barreau de Lyon, France
269. Me Sophia CHINOUF, Barreau de Lyon, France
270. Me Suheda TURAN OZKAN, Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
271. Me Suraya SYED, Barreau de Paris, France
272. Me Talitha Camargo DA FONSECA, Barreau de Sao Paolo, Brésil
273. Me Tania VARELA-GONZALEZ, Barreau de Barcelone,  Espagne
274. Me Tuba ARSLAN, Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
275. Me Tuba Ummuhan UNLU, Barreau No 2 d’Ankara, Turquie
276. Me Tugce KOSE, Barreau No 1 d’Ankara, Turquie
277. Me Usman RAI, Barreau de Lahora, Pakistan
278. Me Valdrin GERGURI, Barreau de Bruxelles, Belgique
279. Me Veysel KAHRAMAN, Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
280. Me Vlora HOXHA, Barreau de Paris, France
281. Me Yamina KEBIR, Barreau d’Alger, Algérie
282. Me Yasmine ABARAH, Barreau de Paris, France
283. Me Yasmine ABDOUCH, Barreau de Paris, France
284. Me Yasmine SADFI, Barreau de Paris, France
285. Me Yasmine TABOURI, Barreau de Paris, France
286. Me Youness SIPKIN, Barreau de Paris, France
287. Me Yousef IDCHAR, Barreau de Saint-Etienne, France
288. Me Yousha TAYOB, Barreau de Johannesbourg, Afrique du Sud
289. Me Zafer Ersin TOPOGLU, Barreau de Denizli, Turquie
290. Me Zahid HASSAN, Barreau de Sahiwal, Pakistan
291. Me Zeliha ATAK BOZKURT, Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
292. Me Zerrin BATARAY, Barreau de Vienne, France
293. Me Zeynep KOLA CAGIS, Barreau No 1 d’Istanbul, Turquie
294. Me Zeynep ULU, Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
295. Me Ziya ER, Barreau No 2 d’Istanbul, Turquie
 

PLAN

I-HECHOS

A - Los viejos eventos

1 / Desde la época de Palestina

2 / La creación del Estado de Israel, como Estado judío

3 / Desde 1967, la ocupación militar y la colonización

 

B-Eventos recientes

1 / El ataque de Hamás

a / Acusación y Pruebas

b / El marco estricto y limitado de la justificación

c / La necesidad de una investigación

d / La necesidad de una investigación imparcial, por la CPI

 

2 / La respuesta israelí

a/ Un precio" sin precedentes "

b / Un asedio completo

c / El desplazamiento forzado de más de un millón de personas

d / El bloqueo de la energía

e / Una propaganda odiosa y morbosa

f / El plan para la expulsión de gazatíes al Sinaí

g / Una gran crisis humanitaria



II-DISCUSIÓN

A-Datos generales

1 / El marco jurídico

2 / El marco procesal


B-Los hechos del 7, 8 y 9 de octubre de 2023

1 / Ley aplicable

2 / Análisis


C - La respuesta israelí

1 / Discusión sobre el crimen de genocidio

Ley aplicable

i) Los textos

Genocidio por asesinato

Genocidio por lesiones graves a la integridad física o mental

Genocidio por sumisión intencional a condiciones de existencia que deben conducir a la destrucción física total o parcial de un grupo

ii) El Régimen General Jurisprudencial

El criterio material

El criterio intencional


b) Análisis

i) Los elementos materiales

ii) Elementos intencionales

 

2 / Otros crímenes previstos en el Estatuto

Deportación o traslado forzoso de poblaciones

Persecución

Homicidio intencional

Ataque a civiles

Ataque al personal o bienes empleados como parte de una misión de ayuda humanitaria


D - Sobre la investigación

1 / Ley aplicable

2 / Análisis


- HECHOS

Como afirmó el Secretario General de la ONU, los acontecimientos actuales "no ocurrieron en el vacío" 1.
 

A - Los viejos eventos

1 / Desde la época de Palestina

El movimiento nacional árabe en Oriente Medio es de origen antiguo, en esta tierra que había estado bajo administración otomana desde la conquista de El Cairo en 1517 y Bagdad en 1533.

Palestina era una provincia del Imperio Otomano, con un territorio bien definido, centrado alrededor de Jerusalén, con un pueblo que agrupaba musulmanes, cristianos y judíos. Sin embargo, los judíos eran entonces muy minoritarios, es decir en octubre de 1922: 589,177 musulmanes, 71,0464 cristianos, 83,790 judíos, 7.617 otros2.

La realidad de esta sociedad árabe encontrará una realización legal con la Sociedad de Naciones, que adoptará para las antiguas provincias del Imperio Otomano el mandato "clase A", reconociendo el desarrollo de estos pueblos y su derecho a la independencia :

"Algunas comunidades que anteriormente pertenecían al Imperio turco han alcanzado una etapa de desarrollo en la que su existencia como naciones independientes puede reconocerse provisionalmente sujeto a la concesión de asesoramiento y asistencia administrativa por parte de un apoderado hasta que sean autónomas. Los deseos de estas comunidades deben ser una consideración principal en la selección del representante " 3.

Al final, prevaleció el movimiento nacional árabe y las provincias otomanas se convirtieron en estados independientes: Irak el 3 de octubre de 1932, Líbano el 22 de noviembre de 1943, Siria el 1 de enero de 1944 y el Reino de Jordania el 22 de marzo de 19464. Para Palestina, el proceso fracasó debido al proyecto de establecer un estado judío en Palestina.

Tras el congreso sionista de 18975, el alcalde de Jerusalén, Youssouf al-Khalidi, había cuestionado esta idea de crear un Estado judío, dada la organización política y social en el lugar6.

Fueron las potencias imperialistas de la época, Francia y el Reino Unido7 quienes optaron por dar plena fuerza al proyecto sionista, hipotecando el destino del pueblo palestino, y en 1917, la declaración Balfour, de manera oportunista, validó este proyecto8.

En 1921, Palestina se convirtió en un Estado de mandato, con una organización completa de poderes internamente y una vida internacional asumida, incluida la ratificación de numerosos tratados.

Entre 1922 y 1948, año de la retirada del Reino Unido, Palestina, como todas las antiguas provincias árabes del Imperio Otomano, fue tratada en las relaciones internacionales como un Estado en pie de igualdad con los demás. Estado bajo mandato, pero Estado9. Las fronteras fueron establecidas por actos internacionales, en el este con Transjordania que estableció para sus habitantes una nacionalidad distinta a la de los palestinos10, en el norte, con Líbano y Siria11, y en el sur, con Egipto12. Estas fronteras nunca han sido cuestionadas.

El mandato de la NDS de 1921 incluía el compromiso de la Declaración Balfour. El informe de los asesores de los Estados Unidos, King y Crane, de 1921, describía la realidad de la sociedad palestina y recomendaba darse por vencido excepto para entrar en un siglo de guerra13.

El Reino Unido, una potencia subsidiaria, ha hecho todo lo posible para facilitar la inmigración judía y asegurar su control sobre la tierra, creando grandes dificultades políticas, económicas y sociales. Al darse cuenta de que el verdadero objetivo era la creación de un Estado judío, la oposición árabe se convirtió en manifestantes, con movimientos sociales a gran escala y trastornos considerables14.

El representante británico no llegó a la división en dos estados, que era su proyecto original.

En noviembre de 1947, la Asamblea General de la ONU recomendó un plan de partición y abogó por un estatus internacional para Jerusalén. Esta propuesta fue rechazada por los países árabes15.


2 / La creación del Estado de Israel, como Estado judío

El Reino Unido anunció el fin de su mandato para mayo de 1948. El mismo día, funcionarios sionistas, bajo el liderazgo de Ben Gurion, proclamaron el Estado de Israel en la parte del territorio recomendado por la ONU 16, e inmediatamente se involucraron en hostilidades militares que permitieron al nuevo Estado expandir su territorio con, después de un alto el fuego, el trazado provisional de una frontera, llamada Línea Verde, que sigue siendo relevante hasta el día de hoy.

Los líderes de Israel, con la voluntad de crear un Estado judío en una tierra árabe, llevaron a cabo la limpieza étnica del 90% de la población árabe en el territorio que habían tomado: estos 750.000 palestinos víctimas de la Nakba tienen el derecho al retorno, que nunca podría ejercerse17. Ya en junio de 1948, David Ben-Gurion, entonces Primer ministro, declaró a su gabinete que "no se debería permitir el regreso de ningún refugiado árabe" 18.

A nivel internacional, el Estado de Israel se ha consolidado como sujeto de derecho internacional sin ratificar nuevos tratados, afirmándose como el Estado sucesor de los tratados que habían sido ratificados por el Estado de Palestina en su nuevo territorio.

Los refugiados palestinos fueron agrupados bajo el estatus de UNRWA.

Los años siguientes fueron de altas tensiones, marcados por incidentes a veces graves, pero el pueblo palestino, agrupado en el PLO19, fue ignorado por la ONU.


3 / Desde 1967, la ocupación militar y la colonización

En junio de 1967, Israel llevó a cabo una operación militar que lo llevó a tomar el control de todo el territorio del antiguo mandato de Palestina, bajo el régimen de ocupación militar de Cisjordania, Gaza y Jerusalén Oriental.

Israel anexó la parte oriental del territorio de Jerusalén y 38 municipios vecinos, violando el principio de prohibir la adquisición de territorio por la fuerza armada.

Desde 1967, hasta el día de hoy, Israel conserva el estatus de potencia militar ocupante en todo el territorio palestino ocupado, incluida Gaza.

Israel ha aprovechado esta situación y la benevolencia internacional para establecer un gran número de asentamientos en los territorios ocupados, contando hasta la fecha con 700.000 personas.

La ONU siempre ha denunciado el carácter ilegal de sus colonias, pero no se han tomado medidas ni para las colonias ni para Jerusalén20.

Como resultado de la lucha armada, el derecho del pueblo palestino a la autodeterminación fue reconocido por la ONU 21, y el Estado de Palestina fue proclamado en Argel22.

Como resultado, se iniciaron conversaciones de paz, según el proceso de Oslo, es decir sobre una base defectuosa, ya sea en una relación bilateral y con un estatus desconocido de "Autoridad Palestina", admitiendo un Estado de Israel titular de todos los derechos soberanos, que podría acordar transferirlos a esta "Autoridad Palestina". No se hizo nada para desmantelar los asentamientos y, por el contrario, se creó una "Zona C" en Cisjordania que garantizaba el control israelí continuo sobre el territorio palestino23.

En 2006, se celebraron elecciones generales en Palestina, cuyo carácter democrático es indiscutible, y que fueron ganadas por el movimiento de resistencia islámica Hamas, con casi el 60% de los votos, manifestando el pueblo su oposición al proceso de Oslo.

Posteriormente, impulsado por el contexto internacional, Israel impuso un bloqueo, limitando así arbitraria y drásticamente su obligación de proteger a la población civil, en aplicación de la 4ta Convención de Ginebra.

La resistencia armada se ha desarrollado desde el territorio, con medios limitados, frente a un ejército que dotado de las armas más poderosas.

En 2008, 2012, 2014 y 2021, Israel lanzó operaciones militares que causaron importantes pérdidas humanas y destrucción. Estas acciones han sido bien documentadas por la ONU, pero a pesar de muchos esfuerzos, no se han iniciado procedimientos legales.


B-Eventos recientes

1 / El ataque de Hamás

El 7 de octubre de 2023, Hamas, a través de su rama militar, la brigada Al Qassam, lanzó un ataque a gran escala contra Israel, con ataques con misiles y la entrada de combatientes en el territorio de Israel, por tierra, aire y mar. Los cruces fueron operados a lo largo de la línea fronteriza neutralizando la defensa israelí. La lucha fue dura, pero permitió un rápido avance de los palestinos.

Se han causado muchas muertes, y la parte israelí ha publicado la cifra de 1.400 muertes.

Los grupos palestinos han tomado como rehenes a más de doscientas personas, incluidas mujeres, niños y ancianos.

El ejército israelí recuperó el control de las instalaciones el 9 de octubre de 2023. Los funcionarios israelíes han informado de "atrocidades" cometidas contra las víctimas, pero estos datos siguen siendo confidenciales para la investigación israelí en curso.


2 / La respuesta israelí

a / Un precio "sin precedentes"

El 7 de octubre de 2023, en un discurso televisado, el Primer Ministro israelí, Benjamin Netanyahu, declaró la guerra: "Ciudadanos de Israel, estamos en guerra. No en una operación o en rondas sino en guerra". Anunció que había "ordenado una amplia movilización de reservas y que [Israel] devolviera fuego de una magnitud que el enemigo no conocía", y agregó:" El enemigo pagará un precio sin precedentes". Ordenó a la gente de Gaza que "salga ya", y "[Israel] estará en todas partes y con todas nuestras fuerzas " 24.

Israel ha mencionado su derecho a la legítima defensa, pero en realidad, esta base legal es inaplicable, como dictaminó la Corte Internacional de Justicia en el caso del muro de separación. En primer lugar, el Artículo 51 de la Carta reconoce la existencia de un derecho natural de legítima defensa "en caso de agresión armada de un Estado contra otro Estado". Sin embargo, la Corte había señalado que la violencia sufrida por Israel no era atribuible a un Estado extranjero. Además, Israel es la potencia militar ocupante del territorio palestino, y la amenaza evocada para justificar la respuesta se origina dentro de este territorio, y no fuera de él. La CIJ había dictaminado:"Por lo tanto, esta situación es diferente de la prevista en las resoluciones 1368 (2001) y 1373 (2001) del Consejo de Seguridad y, por lo tanto, Israel no puede invocar en ningún caso estas resoluciones en apoyo de su reclamo de ejercer el derecho a la legítima defensa". En consecuencia, la Corte concluyó que "el Artículo 51 de la Carta es irrelevante para el caso particular" 25.

El Ministro de Energía, Israel Katz, anunció una orden de cortar toda la electricidad en toda la Franja de Gaza:"Lo que era no será" 26.

Ariel Kallner, miembro de la Knesset, dijo: "¡En este momento, un objetivo: Nakba! Una Nakba que pasará por alto la Nakba de 1948 " 27.

De hecho, Israel ha suspendido el suministro de combustible y electricidad, condenando el cierre de la central eléctrica de Gaza que proporciona el 90% de la electricidad consumida, quedando solo los generadores, condenados también por la privación de combustible.

La ONU deploró de inmediato estas decisiones28.

Para este primer día, el saldo ya es de 232 muertos y 1.700 heridos.


b / Asedio completo

El 9 de octubre de 2023, el Ministro de Defensa Yoav Gallant ordenó el asedio completo de la Franja de Gaza, con un lenguaje deshumanizante: "No habrá electricidad, ni comida, ni combustible, todo está cerrado. Estamos luchando contra animales humanos y actuamos en consecuencia " 29. Amenazó con "bombardear a quienes intenten proporcionar ayuda a la Franja de Gaza" y ordenó la movilización sin precedentes de 300.000 reservistas. El ejército de ocupación también bombardeó el cruce de Rafah, imponiendo un cierre total.

El 10 de octubre de 2023, el portavoz del ejército, Daniel Hagari, anunció el lanzamiento de "cientos de toneladas de bombas", agregando que"el énfasis está en el daño y no en la precisión" 30.

El coordinador jefe de la Coordinación de Actividades Gubernamentales en los Territorios (COGAT), General Ghassan Alian, afirmó:" Los animales humanos deben ser tratados como tales. No habrá electricidad ni agua [en Gaza], solo habrá destrucción. Querías el infierno,obtendrás el infierno " 31.

La General reservista Giora Eiland escribió en Yedioth Ahronoth: "Crear una grave crisis humanitaria en Gaza es un medio necesario para lograr el objetivo. Gaza se convertirá en un lugar donde ningún ser humano puede existir " 32.


c / El desplazamiento forzado de más de un millón de personas

El ejército israelí ordenó a toda la población del norte de Gaza, más de un millón de personas, incluido el personal de la ONU y los civiles alojados en instalaciones de la ONU, que se trasladaran al sur de Gaza en un plazo de 24 horas, a pesar de la fuerte desaprobación de la ONU 33.

El Secretario General de la ONU recordó que" incluso las guerras tienen reglas " y agregó

"Trasladar a más de un millón de personas a través de una zona de guerra densamente poblada a un lugar sin comida, agua ni vivienda, mientras todo el territorio está sitiado, es extremadamente peligroso". Advirtió que estábamos "al borde del abismo" y pidió a Israel que permitiera la entrada de ayuda humanitaria a la Franja de Gaza. El Secretario General de la ONU advirtió que Oriente Medio estaba "al borde del abismo" y pidió a Israel que permitiera la entrada de ayuda humanitaria en la Franja de Gaza34.

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos pidió la cancelación de esta medida y denunció el asedio total de Gaza, al considerar que se trataba de un castigo colectivo contra civiles, lo cual está estrictamente prohibido por el derecho internacional35.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha calificado de "sentencia de muerte" la evacuación ordenada por Israel a más de un millón de palestinos en el sur de la Franja de Gaza, según su portavoz, Tarik Jasarevic 36.

El 15 de octubre, el Comisionado General de la Unrwa, Philippe Lazzarini, desde las oficinas de la agencia en Jerusalén Este, advirtió de la inminencia de una "catástrofe humanitaria sin precedentes": la agencia de la Unrwa en Gaza "ya no puede brindar asistencia humanitaria. De hecho, Gaza está siendo estrangulada y parece que el mundo ha perdido su humanidad " 37.
 

d / El bloqueo de la energía

El Ministro de Energía, Israel Katz, dijo: "¿Ayuda humanitaria a Gaza? No se encenderá ningún interruptor eléctrico, no se abrirá ningún hidrante de agua y no entrará ningún camión de combustible hasta que los secuestrados israelíes son devueltos a casa. Humanitarismo por humanitarismo. Y nadie nos predicará moralidad " 38.

El 13 de octubre de 2023, el presidente Isaac Herzog dijo: "Es toda una nación la responsable. No es cierta esta retórica de que los civiles no son conscientes, no están involucrados. No es absolutamente cierto " 39.

El Primer ministro Netanyahu afirmó: "Estamos atacando a nuestros enemigos con un poder sin precedentes... Enfatizo que esto es solo el comienzo " 40.

El Ministro de Energía, Israel Katz, por su parte, agregó: "Se ordena a toda la población civil de Gaza que se vaya de inmediato. Ganaremos. No recibirán ni una gota de agua ni una sola batería hasta que dejen el mundo " 41.

Expertos de la ONU han alertado de la inevitable catástrofe vinculada a estos traslados de población, en este desorden social y de salud42.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)ha indicado que "Bloquear la electricidad e impedir la entrada de alimentos, combustible y agua a Gaza pondrá en peligro la vida de los niños" 43.


e / Una propaganda odiosa y morbosa

Los servicios del ejército solicitaron las declaraciones de un famoso veterano de 95 años, Ezra Yachin, exmiembro de la milicia Lehi, responsable de la masacre de Deir Yasin44, para un video que superó rápidamente los 2 millones de visitas: "Sé triunfante y acaba con ellos y no dejes a nadie atrás. Borra el recuerdo de ellos. Bórralos a ellos, a sus familias, madres e hijos. Estos animales ya no pueden vivir... Todo judío con un arma debería salir y matarlos. Si tienes un vecino árabe, no esperes, ve a su casa y dispárale... Queremos invadir, no como antes, queremos entrar y destruir lo que está frente a nosotros, y destruir casas, luego destruir las que están detrás. Con todas nuestras fuerzas, completa la destrucción, entra y destruye. Como puedes ver, seremos testigos de cosas con las que nunca habíamos soñado. Que les arrojen bombas y los borren " 45.

Tzipi Navon, asesora cercana al Primer ministro, dijo: "Seguimos diciendo que aplanemos Gaza, aplanemos Gaza, y creo que eso no es suficiente [...] No calmará la tormenta de emociones, no atenuará la intensidad de la rabia y el dolor que no pueden encontrar una salida para ellos". Ella explicó:"la gente de Gaza debería ser capturada y torturada 'uno por uno' arrancándoles las uñas y desollándolas vivas y que los genitales de los hombres deberían cortarse, freírse y dado para alimentar a los capturados " 46.

El 16 de octubre de 2023, el Primer Ministro declaró: "Esta es una lucha entre los hijos de la luz y los hijos de las tinieblas, entre la humanidad y la ley de la selva"47.

El 22 de octubre de 2023, el portavoz del ejército israelí dijo: "Cualquiera que opte por no abandonar el norte de Gaza para ir al sur de Wadi Gaza podría ser identificado como cómplice de una organización terrorista" 48.


f / El plan para la expulsión de gazatíes al Sinaí

Para el Ministerio de Inteligencia israelí, según un documento del 13 de octubre publicado en el sitio web Mekomit49, el desplazamiento de palestinos de Gaza al Sinaí es la opción preferida. El ministerio recomienda tomar medidas para que la población evacúe hacia el Sur, siendo el norte de la Franja de Gaza el objetivo de los bombardeos, luego ocupe el territorio y limpie los búnkeres subterráneos de los combatientes de Hamas, y "deje en claro que no hay esperanza de retorno".

El Ministerio, reconociendo que la opción no se beneficiaría de la legitimidad internacional, evoca una campaña de comunicación necesaria explicando que el objetivo es reducir el número de víctimas civiles en Gaza. Se planean campañas dedicadas a los palestinos de Gaza que no tienen más remedio que irse a otro lugar" con la ayuda de sus hermanos musulmanes " Negándose, entre otras cosas, a ser cómplices de una nueva "Nakba", Egipto y Jordania se han opuesto firmemente a un desplazamiento de población que podría impactarlos directamente, en los niveles de seguridad y político.

El 31 de octubre y el 1 de noviembre de 2023, el ejército israelí bombardeó el campamento de refugiados de Jabaliya, causando 195 muertos, 120 desaparecidos bajo los escombros y 777 heridos graves.

El 1 de noviembre, expertos encargados por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU y el relator especial de la ONU sobre la situación de los derechos humanos en los territorios palestinos ocupados consideraron que el pueblo palestino "corre un grave riesgo de genocidio", y agregaron que "es hora de actuar ahora. Los aliados de Israel también tienen una responsabilidad y deben actuar ahora para evitar que tome este camino desastroso", dijeron estos expertos independientes encargados por la ONU,pero que no hablan en su nombre, 50.


g / Una gran crisis humanitaria

Alarmante sobre una situación "profundamente preocupante", explicó el director de la OMS :

"Debido a la falta de combustible, así como a los daños, ataques e inseguridad, catorce de los treinta y seis hospitales y dos centros especializados en Gaza no funcionan. Los hospitales que permanecen abiertos están sobrecargados con un 40% más de pacientes " 51.

El 26 de octubre de 2023, el Coordinador de Asuntos Humanitarios de la ONU para los Territorios Palestinos ocupados explicó: "Cuando las rutas de evacuación son bombardeadas, cuando la gente en el norte y en el sur se ve envuelta en hostilidades, cuando faltan los elementos esenciales para la supervivencia y cuando no hay garantía de retorno, a la gente solo le quedan opciones imposibles. Ningún lugar es seguro en Gaza " 52.

Según la OCHA, casi 1,5 millones de personas en Gaza están desplazadas internamente. De estos, 710.275 están alojados en 149 instituciones del OOPS, 122.000 personas se encuentran en hospitales, iglesias y edificios públicos, 109.755 personas se encuentran en 89 escuelas ajenas al OOPS y el resto reside en familias de acogida53.

La ONU estima que hay 1,4 millones de desplazados internos en la Franja de Gaza. Según la OCAH, el hacinamiento es una preocupación creciente, ya que el número promedio de personas desplazadas por refugio ha alcanzado 2,7 veces su capacidad designada, y el refugio más superpoblado alcanza 11 veces su capacidad planificada54.

Volker Türk, Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos, dijo que "la imposición de asedios que ponen en peligro la vida de los civiles al privarlos de bienes esenciales para su supervivencia está prohibida por el derecho internacional humanitario". Antes del inicio de esta guerra, más del 60% de los palestinos en Gaza necesitaban ayuda humanitaria55.

El 28 de octubre de 2023, Craig Mokhiber, director de la Oficina en Nueva York de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, escribe: "Este es un caso de genocidio de libro de texto. El proyecto colonial europeo etnonacionalista de colonización en Palestina ha entrado en su fase final, hacia la destrucción acelerada de los últimos vestigios de la vida indígena palestina en Palestina. Además, los gobiernos de los Estados Unidos, el Reino Unido y gran parte de Europa son totalmente cómplices de este horrible asalto. Estos gobiernos no solo se niegan a cumplir con sus obligaciones contractuales de 'garantizar el cumplimiento' de los Convenios de Ginebra, sino que están armando activamente la ofensiva, brindando apoyo económico, inteligencia y encubriendo política y diplomáticamente las atrocidades cometidas por Israel"56.

El 31 de octubre de 2023, el Secretario General de la ONU reafirmó que "el derecho internacional humanitario no es un menú a la carta que se aplique selectivamente. Todas las partes deben respetarlo, incluidos los principios de precaución, proporcionalidad y distinción". El nivel de ayuda humanitaria que se permite en Gaza "es completamente inadecuado y no corresponde de ninguna manera a las necesidades de la población, lo que se suma a la tragedia humanitaria. Reitero mi llamamiento a un alto el fuego humanitario inmediato y a un acceso humanitario continuo, sin obstáculos, seguro y suficiente para satisfacer las necesidades creadas por el desastre que se está desarrollando en Gaza " 57.

Según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos,"Dado el alto número de muertes de civiles y el alcance de la destrucción tras los ataques aéreos contra el campamento de refugiados de Jabaliya, nos preocupa seriamente que se trate de ataques desproporcionados que podrían constituir crímenes de guerra" 58. Según el New York Times, el ejército israelí recurrió a dos bombas de casi una tonelada cada una para golpear el campamento palestino de Jabaliya59.

El doctor Mike Ryan, encargado de situaciones de emergencia dentro de la OMS, denunció las trabas a la distribución de la ayuda, cuando llega para regresar al territorio palestino :

"Llevar camiones a través de la frontera es una cosa, pero llevarlos a donde se necesitan es otra, y no se ha facilitado, no se ha apoyado y, de hecho, es más bien lo contrario. ¡Por el momento, no hay acceso humanitario y todos aquellos que dicen que la ayuda humanitaria está llegando, ¡no es cierto!»60.

El 2 de noviembre de 2023, el gabinete de seguridad israelí anunció que "Israel está cortando todos los lazos con Gaza" 61.

El mismo 2 de noviembre de 2023, siete relatores especiales de la ONU, expertos independientes designados por la ONU, emitieron un comunicado en el que expresaron su preocupación por el riesgo de genocidio en Gaza y pidieron a Israel y sus aliados que acepten un alto el fuego inmediato: "Tenemos poco tiempo para prevenir el genocidio y una catástrofe humanitaria en Gaza", advirtieron hoy expertos de la ONU, expresando "su profunda frustración por la negativa de Israel a poner fin a sus planes de destruir la sitiada Franja de Gaza"62.

El 4 de noviembre de 2023, el Ministro de Patrimonio de Israel, Amihai Eliyahu, escribe: "El norte de Gaza es más hermoso que nunca. Volar todo por los aires es increíble. Una vez completado, entregaremos las tierras de Gaza a los soldados y colonos que vivían en Gush Katif " 63.

El 5 de noviembre, los directores de las 18 principales agencias de la ONU, incluidos UNICEF, el Programa Mundial de Alimentos y la Organización Mundial de la Salud, emitieron un raro comunicado conjunto expresando su indignación por el número de víctimas civiles en Gaza y pidiendo un "alto el fuego humanitario inmediato" en la guerra entre Israel y Hamas. "Durante casi un mes, el mundo ha estado observando la situación que se desarrolla en Israel y el Territorio Palestino Ocupado con conmoción y horror por el (creciente) número de vidas perdidas y devastadas". En Gaza, " toda una población es asediada y atacada, se le niega el acceso a los (elementos) esenciales para la supervivencia, (los residentes) son bombardeados en sus hogares, refugios, hospitales y lugares de culto. Esto es inaceptable; [...] Necesitamos un alto el fuego humanitario inmediato . Han pasado 30 días. Demasiado es demasiado. Esto debe terminar ya " 64.

Los ataques cometidos en Srebrenica, calificados de genocidio por la Corte Internacional de Justicia y por el Tribunal Penal para la ex Yugoslavia, causaron la pérdida de 8.372 víctimas65. Esta cifra se supera en Gaza.
 


- DISCUSIÓN

A - Datos generales

1 / El marco legal

El derecho internacional humanitario se impone a ambas partes en el conflicto.

Cisjordania, Gaza y Jerusalén Oriental son territorios palestinos ocupados. También se aplica el régimen de ocupación, regido por el Reglamento de La Haya de 1907 y el 4to Convenio de Ginebra relativo a la protección de civiles en tiempo de guerra.

Como tal, el Estado de Israel debe tomar las medidas necesarias para garantizar la protección de la población ocupada.

Un pueblo bajo ocupación tiene derecho a oponerse a ella, derecho que debe ejercerse dentro de los límites autorizados por el derecho internacional. Por lo tanto, la resistencia armada está sujeta a las normas del derecho internacional humanitario.


2 / El marco procesal

El 5 de febrero de 2021, la sala de cuestiones preliminares de la Corte dijo que Palestina era un Estado, de acuerdo con el estatuto de la Corte, con jurisdicción soberana sobre todos los territorios palestinos ocupados, a saber, Cisjordania, Gaza y Jerusalén Oriental. Desde entonces, se ha iniciado una investigación sobre delitos que son de la competencia de la Corte.

Israel no ratificó el Tratado de Roma, pero lo había firmado. Tras la decisión del 5 de febrero de 2021, los líderes acusaron al Tribunal de antisemitismo66, refiriéndose a un largo memorando del fiscal general de Israel del 20 de diciembre de 201967, que ignora los fundamentos del derecho internacional y la jurisprudencia, haciendo una reescritura completa de la ley, al servicio de la política de colonización.

 

B-Los hechos del 7, 8 y 9 de octubre de 2023

1 / Ley aplicable

Ante una ocupación militar, que se desarrolla desde 1967 y cuyo propósito obvio es conquistar los territorios y privar al pueblo palestino de su derecho a la autodeterminación, la resistencia armada es un derecho a defender el territorio y el pueblo, y se ejerce en proporción a la violencia impuesta por el poder militar, y - en el caso de los grupos de combate organizados y jerárquicos, actuando bajo un comando68 - en cumplimiento del derecho internacional humanitario, que se impone a todos69.

Todos los hechos en cuestión se refieren a calificaciones penales previstas por el Estatuto.

Este derecho a la legítima defensa se ejerce en el marco estrictamente definido por las disposiciones del Artículo 31 (c) y (d) del Estatuto de la Corte Penal Internacional.


2 / Análisis

a / Acusación y Pruebas

La materia penal responde a estrictos principios que son los de un juicio justo, garantizado por un juez independiente e imparcial, y que sitúan en primer plano la regla de la prueba y la presunción de inocencia.

Una acusación no es prueba, como usted afirmó excelentemente en su declaración del 30 de octubre de 202370: "Y cuando ocurren este tipo de actos, no pueden quedar sin investigar y no pueden quedar impunes. Porque este tipo de crímenes que todos hemos estado observando, que vimos el 7 de octubre, son violaciones graves, si se prueban, del derecho internacional humanitario. [... ] Como dije cinco días después de los ataques que tuvieron lugar el 7 de octubre, tenemos jurisdicción sobre los delitos cometidos por los nacionales de los Estados partes. Y, por lo tanto, esa jurisdicción continúa sobre cualquier crimen del Estatuto de Roma cometido por ciudadanos palestinos o ciudadanos de cualquier Estado parte en territorio israelí, si eso se demuestra".

Los firmantes señalan y deploran la extrema gravedad de ciertas acusaciones.



b / El marco estricto y limitado de la justificación

La violencia de la ocupación y la práctica continua de la colonización dirigida a dividir al pueblo palestino, sin ninguna consideración por el derecho a la autodeterminación y la regla sagrada de la igualdad de los seres humanos, pueden, de hecho, causar profundos traumas a las víctimas, pero estas graves violaciones de la ley no pueden justificar la comisión de crímenes.

Este principio de responsabilidad, derivado en materia de las reglas de distinción, proporcionalidad y legítima defensa, no adolece de excepciones, tanto a nivel jurídico como a nivel humano, es obvio.



c / La necesidad de una investigación

Claramente hay motivos para una investigación.

Primero, es necesario realizar un examen exhaustivo de los hechos. La investigación debe determinar, con la precisión exigida al delincuente, es decir, más allá de toda duda razonable, la realidad de los hechos calificados como delitos. La investigación debe ser exhaustiva mientras se evocan hechos que atestiguan una barbarie total, y que estos hechos son cuestionados.

Entonces, la información proporcionada se refiere principalmente al Festival de Supernovas y al kibutz de Kfar Aza, mientras que ha habido cruces fronterizos generalizados y muchos lugares de intervención de combatientes palestinos. Por lo tanto, será necesario restaurar metódicamente la exactitud de los hechos, distinguiendo luego lo que cae bajo instrucciones generales o la acción autónoma de los grupos.

Finalmente, este análisis fáctico debe evaluarse de manera concreta y en contexto, a fin de medir el alcance exacto de los hechos en cuestión.

En abstracto, todos los hechos de los que se acusa a las Brigadas Izz al-Din al-Qassam, el brazo armado de Hamas, y a las Brigadas Al-Quds, la rama armada de la Yihad Islámica, corresponden a las calificaciones del estatuto, con tiroteos indeterminados que afectan a poblaciones civiles, toma de rehenes y acusaciones de crímenes abyectos.

En cuanto a los disparos indeterminados, no hay duda de su materialidad, y también es reclamada por los grupos combatientes. Sin embargo, la investigación es necesaria para determinar el contenido exacto de los hechos y reunir los elementos materiales para discutir la responsabilidad penal de los combatientes, de acuerdo con las reglas recordadas anteriormente. De hecho, estos hechos "no vengan en el vacío". También deben analizarse en el contexto de una proporción con las prácticas de la potencia militar ocupante, es decir en pleno respeto del derecho internacional humanitario, basado en los principios de distinción y proporción, y el régimen de legítima defensa.

Los soldados aprehendidos tienen la condición de prisioneros de guerra y deben ser tratados como tales.

Con respecto a la toma de rehenes de civiles, que están establecidos, incluso si se desconoce el alcance exacto, no pueden tener ninguna justificación.

En lo que respecta a los abusos, Hamás los niega, y la única cuestión es la prueba material, porque no pueden tener ninguna justificación.



d / La necesidad de una investigación imparcial por parte de la CPI

Los firmantes insisten en que esta investigación la lleve a cabo la Fiscalía de la CPI, que tiene jurisdicción por la nacionalidad de los combatientes.

De hecho, la experiencia es larga y constante de la total falta de fiabilidad del poder judicial israelí en lo que respecta a los derechos de los palestinos.

Con respecto a la ley aplicable, los órganos políticos y la Corte Suprema han llevado a cabo una reescritura completa del derecho internacional, inventando un conjunto de reglas dedicadas todas a defender la colonización y la violencia de la ocupación, eliminando el derecho a la autodeterminación. La Corte Suprema ha negado cualquier valor a la opinión de la CIJ sobre el muro de separación, y se niega a admitir la aplicación de los tratados de derechos humanos en el territorio ocupado. Entre tantas otras reglas "aparte", ha legitimado ciertas formas de tortura. Con motivo de la decisión de la CPI del 5 de febrero de 2021, el Fiscal General de Israel, en su memorando antes mencionado, rechazó esta lectura de la ley-indiscutible hasta el punto de que ningún Estado Parte apeló - mediante una demostración inverosímil, ignorando especialmente la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia, que no es más que negacionismo jurídico71.

En lo que respecta a las investigaciones realizadas por el ejército israelí, no hay la más mínima credibilidad. Este es el dato constante de una institucionalización de la mentira, y de él solo se harán tres recordatorios ilustrativos :

* por el asesinato de Abu Thorraya, en 2017, el ejército israelí "demostró" que se trataba de un disparo palestino, antes de que una autopsia, realizada tras la exhumación, permitiera extraer una bala israelí ;

* para la destrucción de las torres de medios de Gaza en 2021, se contaron 6 versiones sucesivas para explicar el tiroteo ;

* por el asesinato de Shireen Abu Akleh en 2022, el ejército aseguró que se trataba de un disparo palestino, antes de tener que reconocer, tras la pericia balística, que se trataba de un disparo israelí.

Por lo tanto, los signatarios desean firmemente que los hechos en cuestión puedan ser investigados y juzgados por las instancias de la Corte Penal Internacional.

Sin embargo, es de temer que se presente el principio de subsidiarieza72, mientras Israel ha iniciado procedimientos de investigación y claramente no tiene la intención de delegar su competencia en la Corte.

La CPI, por supuesto, busca cooperar con todos los Estados que han ratificado el Estatuto o no. Sin embargo, los firmantes expresan las mayores reservas sobre la cooperación con el Estado de Israel, cuyos líderes han insultado a la Corte, y que trabaja en base a una reescritura de la ley que permite a la Corte Suprema ignorar el derecho a la autodeterminación del pueblo palestino, y legitimar la colonización y toda su violencia. La participación, en cualquier forma, en el procedimiento presupone al menos la aceptación de los términos de la decisión del 5 de febrero de 2021.

 

C - La respuesta israelí

Esta respuesta debe examinarse desde el ángulo del delito de genocidio (1) y otros delitos previstos en el Estatuto (2).

1 / Discusión sobre el crimen de genocidio a / Ley aplicable

Los textos

En 1946, el genocidio fue reconocido por primera vez como delito en virtud del derecho internacional por la Asamblea General de las Naciones Unidas73. Fue establecido como delito autónomo en la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 194874.

El Estatuto de la CPI, retomando los términos de la Convención del 9 de diciembre de 1948 para la prevención y Sanción del Delito de genocidio, establece que la comisión de masacres es uno de los medios por los cuales se comete genocidio, pero también se describen otros métodos de destrucción del grupo.

Titulado "Crimen de genocidio", el artículo 6 del Estatuto establece lo siguiente :

"A los efectos del presente Estatuto, se entiende por crimen de genocidio cualquiera de los siguientes actos cometidos con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal :

Asesinato de miembros del grupo ;

Daños graves a la integridad física o psíquica de los miembros del grupo ;

Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que deben conducir a su destrucción física total o parcial. […] »

Este enfoque está en línea con la doctrina fundamental de Raphael Lemkin que afirma que el genocidio a menudo incluye "un plan coordinado destinado a destruir los cimientos esenciales de la vida de los grupos nacionales para que estos grupos se marchiten y mueran como plantas que han sufrido una plaga... Esto se puede lograr eliminando todos los fundamentos de la seguridad personal, la libertad, la salud y la dignidad " 75.

La "intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal" es el componente propio del genocidio, que lo distingue de otros delitos graves. Se considera como dolus specialis, es decir, una intención específica que se suma a la específica de cada uno de los hechos incriminados, constituir el genocidio76.

El preámbulo de la Convención sobre el Genocidio enfatiza que el "genocidio ha infligido grandes pérdidas a la humanidad" y que las partes contratantes se fijaron el objetivo de "liberar a la humanidad de un flagelo tan atroz". Como señaló la Corte en 1951 y recordó en 2007, la Convención tiene como objetivo particular salvaguardar"la existencia misma de ciertos grupos humanos" 77.

Los elementos del crimen proporcionan todos los detalles.

 

Artículo 6 a) Genocidio por asesinato

El perpetrador mató a una o más personas.

Esta persona o personas pertenecían a un grupo nacional, étnico, racial o religioso en particular.

El autor tenía la intención de destruir, total o parcialmente, a este grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal.

El comportamiento fue parte de una serie abierta de comportamientos similares dirigidos contra este grupo, o podría en sí mismo producir tal destrucción.


Artículo 6 b) Genocidio por lesiones graves a la integridad física o mental

Que el autor haya dañado gravemente la integridad física o psíquica de una o varias personas.

Esta persona o personas pertenecían a un grupo nacional, étnico, racial o religioso en particular.

El autor tenía la intención de destruir, total o parcialmente, a este grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal.

El comportamiento fue parte de una serie abierta de comportamientos similares dirigidos contra este grupo, o podría en sí mismo producir tal destrucción.



Artículo 6 c) Genocidio por sometimiento intencional a condiciones de existencia que deban conducir a la destrucción física total o parcial de un grupo

El autor ha sometido a una o más personas a determinadas condiciones de existencia.

Esta persona o personas pertenecían a un grupo nacional, étnico, racial o religioso en particular.

El autor tenía la intención de destruir, total o parcialmente, a este grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal.

Las condiciones de existencia tenían que llevar a la destrucción física total o parcial de este grupo.

El comportamiento fue parte de una serie abierta de comportamientos similares dirigidos contra este grupo, o podría en sí mismo producir tal destrucción.



La jurisprudencia

Régimen general

El genocidio presupone que se ataca a un "grupo" 78, en particular por razones de nacionalidad u origen étnico, y que es el "grupo" el que está protegido79. Dentro de un grupo general, se puede apuntar a un subgrupo, en un área geográfica específica80.

El genocidio, como el crimen de lesa humanidad de persecución, se caracteriza por la intención de atacar a este grupo por razones específicas y en el marco de una política de Estado, pero en el contexto del genocidio, es el propio grupo, en su conjunto, el objetivo de ser destruido. En 1946, la Asamblea General adoptó la noción de "negación del derecho a la existencia" de los grupos humanos, violando así los objetivos de las Naciones Unidas81. Debe haber suficientes actos que demuestren no solo la intención de atacar a ciertas personas, por su pertenencia a un grupo en particular, sino también la de destruir, total o parcialmente, al propio grupo82.

La CIJ consideró en 2007 que "la intención debe ser destruir al menos una parte sustancial del grupo" 83, y que este es un criterio "decisivo" 84. Según la Corte,"es ampliamente aceptado que el genocidio puede concluirse cuando la intención es destruir al grupo dentro de un área geográfica específica" 85. Si una porción determinada del grupo es representativa de todo el grupo, o esencial para su supervivencia, se puede concluir que es sustancial en el sentido del artículo 4 del Estatuto 86.

Según la jurisprudencia, el delito consiste en "someter a un grupo de personas a un régimen de subsistencia, desalojarlas sistemáticamente de sus hogares y reducir los servicios médicos esenciales por debajo del mínimo exigido", sancionando estos"métodos de destrucción mediante los cuales el autor no mata de inmediato a los miembros del grupo, pero que, en última instancia, buscan su destrucción física" 87.

La definición dada por el artículo 2 de la Convención sobre el Genocidio está recogida en los estatutos de la CPI, pero también del TPIY y de la ICTR88.

La intención específica de destruir un grupo puede deducirse del contexto general89.

El dolus specialis, la intención específica de destruir el grupo total o parcialmente, debe establecerse "con referencia a circunstancias específicas, a menos que se pueda demostrar convincentemente la existencia de un plan general tendiente a este fin; para que un curso de acción sea admitido como evidencia de tal intención, debe ser tal que solo pueda denotar su existencia"90.

Para deducir la existencia del dolus specialis a partir de una línea de conducta, es necesario y suficiente que esta conclusión sea la única que razonablemente pueda deducirse de los actos cuestionados91.

En el caso Krajišnik, la sala de primera instancia sostuvo que la infracción "debe ser tal que contribuya, o tienda a contribuir, a la destrucción del grupo o de parte de él" 92. Lesiones graves a la integridad física o mental, en el sentido de la lit. b) del artículo II de la Convención, debe ser tal que contribuya a la destrucción física del grupo, total o parcialmente93.

Finalmente, la acción genocida es incompatible con la legítima defensa94. El derecho de legítima defensa, sujeto a los principios del derecho internacional95, incluidas las reglas de distinción y proporcionalidad, "no puede incluir represalias ni medidas punitivas" 96.

 

El criterio material

La sumisión intencional del grupo a condiciones de existencia que deben conducir a su destrucción física total o parcial en el sentido de la lit. c) Artículo II de la Convención se refiere a los métodos de destrucción física, distintos del asesinato, con los que el autor pretende, en última instancia, la muerte de los miembros del grupo97. Estos modos de destrucción incluyen la privación de alimentos, atención médica, vivienda o vestimenta, falta de higiene, desalojo sistemático de la vivienda o agotamiento por el trabajo o esfuerzos físicos excesivos98.

Los actos que se describen como "limpieza étnica"pueden constituir genocidio si son tales que pueden calificarse, por ejemplo, como" omisión intencional del grupo a condiciones de existencia que deben conducir a su destrucción física total o parcial", en violación de la litt. c) del artículo II de la Convención, siempre que tal acción se lleve a cabo con la intención específica (dolus specialis) necesaria, es decir con la intención de destruir al grupo, y no solo de expulsarlo de la región ... En otras palabras, si una operación particular presentada como perteneciente a la "limpieza étnica" equivale o no a genocidio depende de si existen o no los actos materiales enumerados en el artículo II de la Convención sobre el Genocidio y de la intención de destruir al grupo como tal. [... ] [D] os actos de "limpieza étnica" pueden ocurrir al mismo tiempo que actos prohibidos por el artículo II de la Convención, y permiten detectar la existencia de una intención específica (dolus specialis) en el origen de los actos en cuestión "99.

En el caso de Srebrenica, el TPIY dictaminó que tales métodos de destrucción "no matan inmediatamente a los miembros del grupo, sino que en última instancia buscan su destrucción física", y agregó que"no se requiere prueba de que realmente se haya logrado el resultado" 100. Así, de acuerdo con la jurisprudencia establecida, se tiene en cuenta comprometer el acceso a los servicios médicos101, desalojar sistemáticamente a los miembros del grupo de sus domicilios102 y crear circunstancias que "conducirían a una muerte lenta", como la falta de vivienda adecuada, agua, refugio, vestimenta, higiene, instalaciones sanitarias o nutrición adecuadas, incluso sometiendo a las personas a un régimen de subsistencia103. Estas "condiciones de vida" se imponen para favorecer la eliminación física de un grupo con miras a su destrucción, total o parcial. :

"La naturaleza real de las condiciones de vida, la duración durante la cual los miembros del grupo han estado sometidos a ellas y las características del grupo, como su vulnerabilidad, son factores ilustrativos a tener en cuenta en la evaluación del criterio de probabilidad"104.

No hay un número mínimo de personas asesinadas necesario para establecer que se ha cometido un genocidio105. Ejemplos de daños corporales o mentales graves como acto de genocidio incluyen tratos inhumanos o degradantes, daños que perjudiquen la salud y no es necesario que el daño sea permanente e irremediable106. Las amenazas de muerte y el conocimiento de una muerte inminente pueden constituir tal prejuicio, 107 ya que los tribunales de crímenes de guerra reconocen específicamente el grave daño mental causado por la amenaza de asesinatos indiscriminados :" el sentimiento de total impotencia y miedo extremo por la seguridad de su familia y amigos constituyen una experiencia traumática de la que uno no se recupera rápidamente, si es que alguna vez lo hace"108. La expulsión también ha sido reconocida durante mucho tiempo como causante de graves daños corporales o mentales109.

 

El criterio intencional

El régimen jurídico exige que estos actos se cometan "con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso"110. El objetivo de destruir al grupo, total o parcialmente, debe identificarse claramente, pero es el grupo como grupo, y no solo ciertos miembros individuales del grupo, quienes deben ser atacados para ser destruidos111. "En parte" significa una parte sustancial de un grupo particular en un área geográfica limitada112.

Esta intención específica puede analizarse a partir de todos los hechos y circunstancias113.

La evidencia de una intención específica puede incluir el contexto general, la escala de las atrocidades, la focalización sistemática de las víctimas por pertenecer a un grupo en particular, otros actos culpables dirigidos sistemáticamente contra el mismo grupo o la repetición de actos destructivos y actos discriminatorios114.

El traslado forzoso de población es un punto importante a la hora de evaluar la intención genocida115. Esta práctica es característica del intento específico116. También es necesario tener en cuenta los discursos públicos y las declaraciones de los responsables117.

Al considerar una solicitud de medidas cautelares relacionadas con el genocidio en curso de los rohingya en Myanmar (Birmania), la CIJ analizó una variedad de informes de los servicios de las Naciones Unidas y destacó "la privación sistemática de los derechos humanos, narrativas y retórica deshumanizantes, planificación metódica, masacres, desplazamientos masivos, miedo masivo, niveles abrumadores de brutalidad, combinados con la destrucción física de los hogares de la población objetivo, en todas las direcciones y en todos los niveles" para otorgar medidas provisionales118.


b) Análisis

Los elementos materiales

No es necesario aquí realizar una lista de los detalles de los hechos, porque este será el tema de la investigación.

En el lugar, los servicios, especialmente los de salud y seguridad ciudadana, reúnen, caso por caso y día tras día, todos los elementos para establecer los hechos. Las agencias de la ONU, especialmente la UNRWA119, realizan un trabajo exhaustivo. Además, este trabajo lo realiza de forma complementaria la ONGS120. Finalmente, la prensa está muy presente y brinda información de alta calidad.

Pero, sobre todo, en este trabajo fáctico, lo notable es que los hechos más llamativos son anunciados y reclamados por el comando político y militar israelí. Esto concierne tanto a los hechos: corte de energía, paralización de las entregas de alimentos, ataques a hospitales, restricción de medicamentos, destrucción de casas, obligación de viajar bajo amenaza fatal, bombardeo de áreas habitadas por civiles ... - así como las declaraciones marcando la intención.

De esta manera, e incluso en la urgencia de este primer paso, no hay dudas reales sobre los hechos, que son presentados y reclamados por la parte israelí.

Sin embargo, estos hechos corresponden a los retenidos por la jurisprudencia, por lo que existe razón para abrir una investigación.

 

Los elementos intencionales

Los elementos combinados establecen la realidad de una sucesión de declaraciones, por parte de líderes políticos y militares, que sin ambigüedades y por el contrario con sobremordida, afirman el deseo de destruir la sociedad palestina en Gaza, creando condiciones de vida que ningún grupo humano puede resistir. El lenguaje no es el que lamenta imponer restricciones a las poblaciones civiles debido a una operación militar, sino a una operación militar que golpeará a cada palestino, trastornando toda su vida, para llevarlo a opciones que nunca habría aceptado, y especialmente renunciar a sus derechos soberanos, y abandonar su tierra.

Desde el primer día, estas declaraciones han estado dirigidas a todo el pueblo palestino en Gaza, sin distinguir civiles y combatientes, sin ninguna referencia al género o la edad, siendo cada palestino una parte inseparable de un todo, que debe abandonar las instalaciones.

El lenguaje utilizado es claramente deshumanizante, describiendo a los palestinos de Gaza como "animales humanos", que deben ser tratados como tales. Además, solo contará la realidad del daño causado, utilizando el ejército "disparos de una magnitud que el enemigo no ha conocido".

Las declaraciones están hechas para decirles a los palestinos que son de otro mundo y que no es concebible ninguna forma de diálogo, ya que el pueblo palestino está siendo rechazado al margen de la comunidad humana, sin otro futuro que el relegamiento y la sumisión.

Además, esta operación militar de destrucción masiva no va acompañada de ningún proyecto político realista. 2,3 millones de palestinos viven en Gaza, para un total de 13 millones. Si bien el pueblo palestino tiene derecho a la autodeterminación, no existe la más mínima propuesta de solución política de conformidad con la Línea Verde. El propio Ministro de Finanzas, Bezalel Smotrich, afirmó que el pueblo palestino no existe121.

Si bien estamos llegando a 10.000 muertos y 30.000 heridos graves, con una fuerte mayoría de civiles, en este contexto de máxima presión combinando los bombardeos, el bloqueo total, la privación de las necesidades básicas, el traslado forzoso de población - aunque ninguna zona es segura - todo con palabras deshumanizadoras, el objetivo es claramente decirles a los palestinos que no son humanos como los demás, que sus vidas valen menos, e incluso que no importa mientras permanezcan en esta tierra palestina, codiciada desde 1917. El hecho es explícito cuando se decide, dos veces, bombardear el campo de refugiados de Jabaliya, es decir que ni siquiera los refugiados tienen cabida.

Finalmente, estas declaraciones y estos hechos actuales, encuentran sus profundas raíces en una realidad que se expresa de manera sencilla: los líderes israelíes, de todos los tiempos, nunca han tenido en cuenta el derecho a la autodeterminación del pueblo palestino en su tierra. La razón de ser del Estado, que se ha caracterizado por ser un Estado judío, es la eliminación del pueblo palestino, que debe salir de su tierra, porque en realidad, según estos líderes, todo le pertenece a Israel. La línea es constante desde la Nakba. Esta negación de la existencia del pueblo explica la facilidad con la que los líderes cometen las violaciones más graves de la ley sin la menor restricción moral o política: limpieza étnica para garantizar el carácter judío del Estado, negativa abierta al derecho de retorno de los refugiados, anexión de Jerusalén Este a pesar de la fuerte oposición del Consejo de Seguridad, generalización de asentamientos en tierras palestinas, gestión de una ocupación militar colonizadora desde 1967, negativa a aplicar el derecho internacional, bloqueo ilegal de Gaza, ataques recurrentes desproporcionados en el territorio de Gaza…

Según el párrafo 2 del Artículo 1 de la Carta de las Naciones Unidas, "Los objetivos de las Naciones Unidas son 'Desarrollar relaciones amistosas entre naciones basadas en el respeto al principio de igualdad de derechos de los pueblos y su derecho a la libre determinación, y tomar todas las demás medidas apropiadas para consolidar la paz mundial'".

No se puede expresar mejor que la negativa a considerar el derecho de los pueblos a la autodeterminación es el factor mecánico de la guerra y, con la duración, alimenta las prácticas genocidas.

De esta manera, tanto en el plano fáctico como en el intencional, se reúnen los elementos para la apertura de una investigación penal específica sobre el delito de genocidio, bajo las definiciones del artículo 6, a), b) y c).

 

2 / Otros delitos previstos en el Estatuto

Los hechos denunciados también justifican ser investigados, en el marco de los siguientes artículos :
 

Artículo 7 (1) (d) Deportación o traslado forzoso de poblaciones

El autor deportó o transfirió por la fuerza122, sin fundamentos admitidos en el derecho internacional, a una o más personas a otro Estado u otro lugar, expulsándolas o por otros medios coercitivos.

Las personas afectadas se encontraban legalmente presentes en la región de la que fueron deportadas o desplazadas de esta manera.

El autor conocía las circunstancias fácticas que establecían la legalidad de esta presencia.

El comportamiento fue parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

El autor sabía que este comportamiento formaba parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o tenía la intención de formar parte de él.

 

Artículo 7(1)(h): Persecución

El autor ha infringido gravemente, en violación del derecho internacional, los derechos fundamentales de una o más personas.

El perpetrador atacó a la(s) persona (s) debido a su membresía en un grupo o comunidad identificable o atacó al grupo o comunidad como tal.

Esos ataques se basaron en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género en el sentido del párrafo 3 del Artículo 7 del Estatuto, u otros criterios universalmente reconocidos como inadmisibles en virtud del derecho internacional.

La conducta se cometió en correlación con cualquier acto mencionado en el artículo 7(1) del Estatuto o con cualquier crimen de la competencia de la Corte123.

El comportamiento fue parte de una campaña generalizada o sistemática dirigida contra una población civil.

El autor sabía que este comportamiento formaba parte de una campaña generalizada o sistemática dirigida contra una población civil o tenía la intención de formar parte de ella.

 

Artículo 8(2)(a)(i): Homicidio intencional

El perpetrador mató a una o más personas124.

Dicha persona o personas estuvieran protegidas por uno o varios de los Convenios de Ginebra de 1949.

El autor conocía las circunstancias fácticas que establecían este estatuto de persona protegida125.

El comportamiento se dio en el contexto y estuvo asociado a un conflicto armado internacional126.

El autor tenía conocimiento de las circunstancias fácticas que establecían la existencia de un conflicto armado.

 

Artículo 8(2)(b)(i): Ataque contra civiles

El perpetrador dirigió un ataque.

El objetivo del ataque era una población civil como tal o personas civiles que no participaban directamente en las hostilidades.

El autor tenía la intención de atacar a dicha población civil o a aquellas personas civiles que no participaran directamente en las hostilidades.

El comportamiento tuvo lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y estuvo asociado con él.

El autor tenía conocimiento de las circunstancias fácticas que establecían la existencia de un conflicto armado.

 

Artículo 8(2)(b) (iii): Ataque contra personal o bienes empleados en el contexto de una misión de ayuda humanitaria o de mantenimiento de la paz

El perpetrador lanzó un ataque.

El objetivo del ataque fue personal, instalaciones, equipos, unidades o vehículos empleados como parte de una misión de ayuda humanitaria o mantenimiento de la paz de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas.

El autor tenía la intención de atacar a dicho personal, instalaciones, equipos, unidades o vehículos para su ataque.

Dicho personal, instalaciones, equipos, unidades o vehículos tenían derecho a la protección que el derecho internacional de los conflictos armados garantiza a las personas civiles y bienes de carácter civil.

El autor conocía las circunstancias fácticas que establecían esta protección.

El comportamiento tuvo lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y estuvo asociado con él.

El autor tenía conocimiento de las circunstancias fácticas que establecían la existencia de un conflicto armado.


C - Sobre la investigación

1 / Ley aplicable

Según el artículo 68 (3) del Estatuto, así como los artículos 92-3 y 8(1) de las Reglas de Procedimiento y Prueba, la Corte debe llevar a cabo actividades de sensibilización sobre sus actividades con las personas que puedan verse afectadas por un caso.

En su decisión de 13 de julio de 2018, párrafo 7, la Sala expone las cuestiones de entendimiento mutuo :

"En opinión de la Sala, para que la Corte pueda cumplir correctamente su mandato, es imperativo que su función y sus actividades sean bien comprendidas y accesibles, en particular para las víctimas de situaciones y casos presentados ante la Corte. Las actividades de sensibilización e información pública en los países en crisis son esenciales para fomentar el apoyo público, la comprensión y la confianza en la labor de la Corte. Al mismo tiempo, permiten al Tribunal comprender mejor las preocupaciones y expectativas de las víctimas, para poder reaccionar de manera más efectiva y aclarar, si es necesario, posibles conceptos erróneos".

En el párrafo 8, la Sala escribe :

"La Sala recuerda que las víctimas desempeñan un papel importante en los procedimientos de la Corte. De conformidad con el artículo 68(3) del Estatuto, la Corte permite que las opiniones y preocupaciones de las víctimas se presenten y se tengan en cuenta en las etapas del procedimiento que considere apropiadas. Por lo tanto, las víctimas tienen derecho a ser escuchadas y tomadas en consideración, en las etapas del procedimiento que se consideren apropiadas, y la Corte tiene el deber de permitirles efectivamente ejercer este derecho".

Tras recordar las disposiciones del Estatuto y las referencias al derecho internacional, la Sala añade al párrafo 10 :

"La Sala subraya que, de conformidad con el marco jurídico de la Corte, los derechos de las víctimas ante la CPI no se limitan a su participación general en los procedimientos judiciales de conformidad con el Artículo 68(3) del Estatuto. A este respecto, cabe recordar que las víctimas también tienen derecho a proporcionar información, a recibir información y a comunicarse con el Tribunal, independientemente del procedimiento judicial, incluso durante la fase de examen preliminar".

 

2 / Análisis

Sobre la base de estos elementos, los testigos que firman esta ley tienen la intención de enfatizar la necesidad imperiosa de involucrar a las víctimas palestinas desde la primera fase de la investigación.

Esta consideración por las víctimas es aún más necesaria en el contexto de una investigación por el delito de genocidio, que se basa en la negación de la persona. Por lo tanto, dar a las víctimas su lugar pleno como parte en el proceso es la primera forma de restaurar el derecho fundamental.

A nivel práctico, los testimonios de las víctimas, que serán globalmente repetitivos pero en realidad únicos, serán los elementos decisivos de la evidencia, en el entendido de que los elementos materiales e intencionales del ataque genocida están bien establecidos e incluso reivindicados.

La experiencia ha demostrado que los servicios hospitalarios están perfectamente adaptados, además de a la práctica de la medicina de guerra, a la constitución de expedientes de calidad a nivel médico-legal.

La potencia ocupante, que se basa en la violación de la ley como se ha explicado, nunca permitirá que los equipos de la CPI visiten el sitio y, por supuesto, no hay duda de que los derechos de las víctimas en el acceso a la justicia serán bloqueados o limitados. Asimismo, el trabajo principal a implementar es la audiencia de las víctimas, que puede llevarse a cabo in situ y bajo el control directo de los equipos de la CPI, mediante procesos de comunicación.

Las primeras audiciones se esperan lo antes posible.

Y será justicia

En La Haya, el 9 de noviembre de 2023



Notas

1 ONU, " Observaciones del Secretario General al Consejo de Seguridad - sobre Oriente Medio [tal como fue entregado]", 24 de octubre de 2023, en ligne: <https://www.un.org/sg/en/content/sg/statement/2023-10-24/secretary-generals-remarks-the-security-council-the-middle-east-delivered>.

2 Jihane SFEIR-KHAYAT, " Historiographie palestinienne – La construction d'une identité nationale ", Annales Histoire, Sciences Sociales, janvier-février 2004, Éditions de l'EHESS, pág. 35 ; Eliezer TAUBER, El surgimiento de los movimientos árabes, Londres, Routledge, 1993 ; Nadine PICAUDOU, Le mouvement national palestinien, genèse et structures, L'Harmattan, París, 1989, pág. 34 ; Albert HOURANI, Pensamiento árabe en la Era Liberal, Oxford, Oxford University Press, 1970, traducción de Sylvie BESSE-RICORD, Beirut, Naufal, 1983.

3 Ver : "Les mandats au Proche-Orient: des évolutions très contrastées ", Pierre BROCHEUX, Samya El MECHAT, Marc FREY, Karl HACK, Arnaud NANTA, Solofo RANDRIANJA, Jean-Marc REGNAULT, Les décolonisations au XXe siècle, 2012, pág. 12".

4 Après avoir conclude un traité d'alliance avec la Grande-Bretagne.

5 Primer congreso sionista (Basilea, 29-31 de agosto de 1897) - Protocole officiel, Fausto GIUDICE et Michèle MIALANE, Taller 19, 2013, 212 págs. ; https://mfa.gov.il/MFA_Graphics/MFA%20Gallery/Documents%20languages/herzl-fr.pdf

6 Henry LAURENS, La question de Palestine, T. I, L'invention de la terre sainte, 1999, París, Fayard, págs. 88 y 204.

7 De Balfour à Ben-Gurion. Les puissances européennes et la Palestine, 1917-1948, Ran AARONSOHN et Dominique TRIMBUR, (dir.), París, CNRS éditions, 2008 ; Palestina : Retirada del Mandato: La elaboración de la política británica 1936-1948, Michael J. COHEN, Londres, Paul Elek, 1978; Proche - Orient, entre la guerre et la paix, Olivier CARRÉ, París, Epi Editeurs, 1974 ; Palestina, une terre pour deux peuples, Dominique PERRIN, París, Presses Universitaires du Septentrion, 2000 ; Le Moyen-Orient au 20e siècle, Vincent CLOREC et Henry LAURENS París, Armand Colin, 2005.

8 Documento UNISPAL; La Historia Oculta de la Declaración Balfour, Sahar HUNEIDI, Nueva York, O libros, 2019;, La Sombra de Balfour: Un siglo de apoyo al Sionismo e Israel, David CRONIN, Londres, Pluto Press; La Declaración Balfour: Los Orígenes del Conflicto Árabe-Israelí, Jonathan SCHNEER, Londres, Bloomsbury Publishing, 2011.

9 Palestina bajo mandato, 1920-1948, Albert M. HYAMSON, Londres, Methuem & Co., 1950; Abraham BAUMKOLLER,

Le mandat sur la Palestine, París, Librería Arthur Rousseau, 1931.

10 "Genèse de la citoyenneté en Palestine et en Israël", Mutaz M. QAFISHEH, Bulletin du Centre de recherche français à Jérusalem [En ligne], 21 / 2010 URL : http://journals.openedition.org/bcrfj/6407

11 Serie de Tratados de la Sociedad de Naciones, 1924, vol. 22, pág. 355.

12 La Serie Consolidada de Tratados, Clive PARRY, Nueva York, Oceana Publications, 1906, Vol. 201, pág. 190 y Vol. 203, pág. 19.

13 La Comisión King-Crane. Una investigación estadounidense en el Medio Oriente, Harry N. HOWARD, Beirut, Khayats, 1963;

"La Comisión King-Crane, une occasion perdue", Philippe DAUMAS, Revue d'études palestiniennes, vol. 96, pág. 78. 14 La grande révolte arabe de 1936 en Palestine, Ghassan El KHAZEN, Beirut, Dar An-Nahar, 2005 ; "La grande révolte arabe en Palestine (1936-1939), 22 février 2021", Nora TOGNI, Orient XXI https://orientxxi.info/va-comprendre/la-grande-revolte-arabe-en-palestine-1936-1939,4546; " Révolte arabe de 1936-1938 ", 6 de abril de 2011, Lisa ROMEO, Les clés du Moyen Orient, https://www.lesclesdumoyenorient.com/Revolte-arabe-de-1936-1938.html ; Palestina 1948-L'expulsion, Elias SANBAR, Les livres de la Revue d'études palestiniennes, París, 1985; Ley, orden y disturbios en la Palestina obligatoria, 1928-1935, Martin KOLINSKY, Londres, St. Martin's Press, 1993.

15 La qualité d'État de la Palestine", Jean SALMON, " Revue belge de droit international, 2012, n° 45, pág. 13; La creación de los Estados en el Derecho Internacional, James CRAWFORD, Oxford, OUP, 2e éd., 2006; "La question palestinienne devant l'Assemblée des Nations Unies", Mahmoud AZMI, Politique étrangère, 1948, pág. 403; "Le 29 novembre 1947 et après", en Histoire d'Israel, Michel ABITBOL, París, Perrin, 2018, pág. 204 ; "L'ONU et les Palestiniens: de l'ambiguïté à l'impuissance", Sandrine MANSOUR, Cahiers d'histoire. Revue d'histoire critique, n° 142, 2019, pág. 19.

16 Histoire d'Israel, Michel ABITBOL, París, Perrin, 2018, 880 págs.; Une histoire moderne d'Israel, Élie BARNAVI, París, Flammarion, 1988, 388 págs.; Destin d'Israel. L'Unique et l'Universel, Jacob TALMON, París, Calmann Lévy, 1967, 312 págs.

17 El nacimiento del problema de los refugiados Palestinos, 1947-1949, Benny MORRIS, Cambridge University Press , 1987; Les Démons de la Nakba, Ilan PAPPÉ, La Fabrique, París, 2004.

18 "Le conflit Israélo-Palestinien au prisme Jordanien", Vincent LEGRAND, Confluences Méditerranée, n° 110, 2019, pág. 169

19 La Organización de Liberación Palestina ; Gente, poder y política, Helena COBBAN, Cambridge University Press, Nueva York, 1984, 286 págs. ; " La infraestructura civil de la OLP ", Cheryl A. RUDENBERG, Journal of Palestine Studies, 1983, n° 3/47, pág. 54 ; " L'OLP, de l'encarnation du peuple au gouvernement de l'État ", Bassma KODMANI-DARWISH, Revue des mondes musulmans et de la Méditerranée, 1993, n° 68-69, pág. 107.

20 CDH, Informe de la misión independiente de investigación para investigar las implicaciones de los asentamientos israelíes, www.ohchr.org / Documents/HRBodies/HRCouncil/RegularSession/Session22 / A-HRC-22-63_en.pdf, pág. 26 ; CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS de la ONU, Informe de la misión independiente de investigación para investigar las implicaciones de los asentamientos israelíes en los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales del pueblo palestino en todo el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, Doc.de la ONU. A/HRC/22/63, 7 de febrero de 2013 www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil / RegularSession / Session22 / A-HRC-22-63_en.pdf, pág. 24

21 Resolución n° 2535 del 10 de diciembre de 1969; resolución 2672 C (XXV) del 8 de diciembre de 1970; resolución 3210 (XXIX) del 14 de octubre de 1974.

22 "La proclamation de l'État palestinien", Jean SALMON, Annuaire Français de Droit International, 1988, n° 34, pág. 37

23 "Le pari perdu d'Oslo: le règlement du conflit israélo-palestinien dans l'impasse", Alain BOCKEL, Annuaire Français de Droit International, 2000, n° 46, pág. 13; "Oslo : retour sur un échec", Isabelle AVRAN, Orient XXI, 12 de septiembre de 2013, https://orientxxi.info/magazine/oslo-retour-sur-un-echec, 0343; "Les accords d'Oslo ont acceléréré la colonisation israélienne", Gilbert ACHCAR, L'Orient - Le Jour, propos collectis par David NASSAR, 15 de septiembre de 2018.

24 "El Primer Ministro israelí Declara la Guerra a los Militantes Palestinos Hamas", WSJ Wall Street Journal, 7 de octubre de 2023; https://www.youtube.com/watch?v=1PsOw7hxiXs

25 CIJ, Conséquences juridiques de l'edification d'un mur dans le territoire palestinien occupi, avis consultatif, Recueil 2004, pág. 136. El representante permanente de Rusia ante las Naciones Unidas, Vassily Nebenzia, declaró que "Israel no puede prevalecer sobre el derecho a la legítima defensa en el conflicto actual, ya que es un Estado ocupante": https://www.aa.com.tr/fr/monde/russie-isra%C3%ABl-est-un-%C3%A9tat-occupant-et-ne-peut-se-pr%C3%A9valoir-du-droit-%C3%A0-la-l%C3%A9gitime-d%C3%A9fense/3040796

26 Israel KATZ, Ministro de Energía de Israel, Twitter (Oct. 7, 2023), https://twitter.com/Israel_katz/status/1710695021769265450.

27 Ariel KALLNER, miembro de la Knesset, Twitter (Oct. 7, 2023), https://twitter.com/ArielKallner/status/1710769363119141268. La publicación de Kallner también fue ampliamente difundida y traducida. Véase, por ejemplo, Joseph Krauss, el reciente llamado de Israel a una evacuación masiva se hace eco del catastrófico éxodo palestino de 1948, PBS NewsHour, 13 de octubre de 2023) : https://www.pbs.org/newshour/world/in-israels-call-for-mass-evacuaciónpalestinos-escuchan-ecos-de-su-éxodo-catastrófico-original.

28 Expertos de la ONU deploran los ataques contra civiles, piden una tregua e instan a la comunidad internacional a abordar las causas profundas de la violencia, Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas (Oct. 12, 2023), https://www.ohchr.org/en/press-lanzamientos/2023/10/israelocupado-territorio-palestino-expertos-de la ONU-deploran ataques-civiles.

29 Yoav GALLANT, Twitter (Oct. 9 2023), https://twitter.com/yoavgallant/status/1711335592942875097. Véase también: Human Rights Watch, Twitter (Oct. 9, 2022), https://twitter.com/hrw/status/1711424885908791505/

30 Bethan MCKERNANON y Quique KIERSZENBAUM, 'El énfasis está en el daño, no en la precisión': la ofensiva terrestre en Gaza parece inminente, Guardian (Oct. 10, 2023), http://www.theguardian.com/world/2023/oct/10/right-now-itis-one-day-a-la-vez-vida-en-la-primera-línea-de-Israel-con-gaza.

31 Gianluca PACCHIANI, jefe de COGAT, se dirige a los habitantes de Gaza' 'Querías el infierno, obtendrás el infierno', Times of Israel (Oct. 10, 2023), https://www.timesofisrael.com/liveblog_entry/cogat-chief-addresses-gazans-you-wanted-hell-youwill-get-hell/.

32 Giora EILAND, Es hora de arrancar la curita de Hamas, YNet News (Oct. 12, 2023), https://www.ynetnews.com/article/sju3uabba (publicado originalmente en hebreo el oct. 10, 2023, https://www.ynet.co.il/yedioth/article/yokra13625377 ).

33 Naciones Unidas, Israel debe rescindir la orden de evacuación para el norte de Gaza y cumplir con el derecho internacional: Un experto (Oct. 13, 2023), https://www.un.org/unispal/document/israel-must-rescind-evacuation-order-for-northerngaza-and-comply-with-international-law/.

34 "Israel y Hamas:' Incluso las guerras tienen reglas', afirma el jefe de la ONU", ONU Info, 13 de octubre de 2023.

35 "Israel y Hamas:' Incluso las guerras tienen reglas', afirma el jefe de la ONU", ONU Info, 13 de octubre de 2023.

36" Las órdenes de evacuación enviadas por Israel a los hospitales del norte de Gaza son una sentencia de muerte para los enfermos y heridos", OMS, comunicado de prensa, 14 de octubre de 2023.

37 "Gaza está estrangulada y parece que el mundo ha perdido su humanidad: la Unrwa está haciendo sonar la alarma", L'Orient Le Jour, 16 de octubre de 2023; "Philippe Lazzarini, comisionado general de la UNRWA: A pesar de todas las imágenes insoportables de Gaza, no hay reacción", Entrevista recopilada por Laure Stephan (Le Monde, Ammán, Jordania, enviada especial) y Françoise Joly (TV5 Monde), 28 de octubre de 2023.

38 Nicola SLAWSON, Lo primero: no habrá electricidad, agua ni combustible para Gaza hasta que se liberen los rehenes, dice Israel, The Guardian (Oct. 12, 2023), https://www.theguardian.com/us-news/2023/oct/12/first-thing-no-power-water-fuel-gazauntil-hostages-freed-israeldice#:~: texto = Israel%20Katz%2C % 20israel's%20energy % 20minister, one % 20will%20reach%20us % 20morali ty.%E2 % 80% 9D.

39 Paul BLUMENTHAL, Presidente israelí Dice que No Hay Civiles Inocentes en Gaza, HuffPost (Oct. 13, 2023), https://www.huffpost.com/entry/israel-gaza-isaac-herzog_n_65295ee8e4b03ea0c004e2a8 .

40 Solo el comienzo', dice Netanyahu mientras Israel realiza las primeras incursiones en Gaza, Reuters (Oct. 13, 2023), https://www.reuters.com/world/middle-east/now-is-time-war-says-israels-military-chief-2023-10-12 /. Véase también Primer Ministro israelí, Youtube (Oct. 13, 2023), https://www.youtube.com/watch?v=T4HXaZ20M6Q

41 Israel KATZ, Twitter (Oct. 13, 2023), https://twitter.com/Israel_katz/status/1712876230762967222 .

42 Naciones Unidas, Israel debe rescindir la orden de evacuación para el norte de Gaza y cumplir con el derecho internacional: un experto (Oct. 13, 2023), https://www.un.org/unispal/document/israel-must-rescind-evacuation-order-for-northerngaza-and-comply-with-international-law/.

43 "Información sobre la situación humanitaria en Gaza de la Directora Ejecutiva de UNICEF, Catherine Russell, al Consejo de Seguridad de la ONU", 30 de octubre de 2023, Portal de UNICEF.

44 Tzvi FISHMAN, Luchador De Lehi Recuerda La Batalla De 1948 En Deir Yassin, Jewish Press( 21 De Mayo De 2020), https://www.jewishpress.com/indepth/interviews-and-profiles/lehi-fighter-recalls-1948-battle-at-deiryassin/2020/05/21/.

45 Middle East Eye," Estos animales ya no pueden vivir", Twitter (Oct. 13, 2023), de 00:00 a 00:33, https://twitter.com/MiddleEastEye/status/1712918166437806294 .

46 Guerra Israel-Palestina: la asesora de Sara Netanyahu pide torturar a los residentes de Gaza involucrados en el asesinato de israelíes, Middle East Eye (Oct. 14, 2023), https://www.middleeasteye.net/news/israel-palestine-war-sara-netanyahu-advisortorture-gazans -despotricar. Véase también el asesor de Sara Netanyahu difunde veneno contra los izquierdistas:" Los traidores continúan incitando", YNet (Oct. 14, 2023), https://www.ynet.co.il/news/article/rjscwxobt . ("Debería haber un área que esté clasificada como zona de seguridad donde se intercepte a quien ingrese".

47 Ministerio de Relaciones Exteriores, Extracto de las declaraciones del Primer Ministro Netanyahu en la apertura de la Asamblea de Invierno de la 25ª Segunda sesión de la Knesset (Oct. 16, 2023), https://www.gov.il/en/departments/news/excerpt-from-pmnetanyahu-s -comentarios-en-la-apertura-de-la-asamblea-de-invierno-de-la-knesset-s-16-oct-2023.

48 "Israel les dice a los habitantes de Gaza que se muevan hacia el sur o se arriesgan a ser vistos como socios 'terroristas'", Reuters, 22 de octubre de 2023.

49 Ref. Para una traducción al inglés: https://fr.scribd.com/document/681086738/Israeli-Intelligence-Ministry-Policy-Paper-on-Gaza-s-Civilian-Population-October-2023

50 https://www.lemonde.fr/international/live/2023/11/02/en-direct-guerre-israel-hamas-nouvelles-tensions-a-la-frontiere-entre-israel-et-le-liban_6197302_3210.html

51" A medida que el sistema de salud de Gaza se desintegra, la OMS exige el paso seguro de combustible y suministros para las instalaciones de salud", OMS, Comunicado de prensa y noticias, 24 de octubre de 2023.

52 "Israel-Palestina: la ONU insiste en la urgencia de proteger a los civiles y liberar rehenes", Lynn Hastings, UN Info, 26 de octubre de 2023.

53 Ref. : https://ochaopt.org/content/hostilities-gaza-strip-and-israel-flash-update-29 ; "En Gaza, el sistema humanitario enfrenta un colapso total, advierte Guterres", UN Info, 27 de octubre de 2023.

54 "Israel-Palestina: la ONU insiste en la urgencia de proteger a los civiles y liberar rehenes", Lynn Hastings, UN Info, 26 de octubre de 2023.

55 "El asedio total de Gaza está prohibido por el derecho internacional humanitario, recuerda la ONU", Franceinfo con AFP, 10 de octubre de 2023.

56 Carta de renuncia de Craig Mokhiber, director de la Oficina en Nueva York de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, dirigida el 28 de octubre de 2023 al Alto Comisionado para los Derechos Humanos, Volker Turk.

57 "Gaza: El derecho internacional humanitario no es un menú a la carta que se aplique selectivamente, recuerda el Secretario General a las partes en conflicto", Secretaría General, Comunicado de prensa, SG/SM/22106, 31 de octubre de 2023.

58 "El ataque de Israel al campamento de Jabaliya podría constituir un crimen de guerra, según la ONU", Personal de Reuters, 1 de noviembre de 2023.

59 Israel usó bombas de 2.000 libras en el ataque a Jabaliya, según un análisis", Christoph Koettl, Ainara Tiefenthäler, Haley Willis, Alexandre Cardia, New York Times, 3 de noviembre de 2023.

60 "La OMS denuncia los obstáculos a la entrega de ayuda humanitaria en Gaza", L'Orient Le Jour y AFP, 2 de noviembre de 2023.

61 "Israel devuelve a los trabajadores de Gaza y' corta todo contacto 'con el territorio", L'Orient Le Jour y AFP, 3 de noviembre de 2023.

62 " Gaza / Israel: Grave riesgo de genocidio (relatores de la ONU)", UNRIC, 2 de noviembre de 2023.

63 Ref. : https://twitter.com/L_ThinkTank/status/1720721292436156752?s=20 ; El 1 de agosto de 2023, había instado al gobierno a anexar Cisjordania: "Realmente no creo que haya una Línea Verde. Es una línea imaginaria. Esta es nuestra patria. Fue aquí donde nació el pueblo judío. La actitud del Estado de Israel, que consiste en decir que aquí hay dos Estados, es un error. Deberíamos imponer nuestra soberanía en Judea y Samaria": Times of Israel, 2 de agosto de 2023.

64 https://www.lorientlejour.com/article/1356274/les-chefs-des-grandes-agences-onusiennes-reclament-un-cessez-le-feu-a-gaza.html

65 CIJ, Aplicación de la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio (Bosnia y Herzegovina contra Serbia y Montenegro), 26 de febrero de 2007, n° 2007/8; TPIY, El Fiscal contra Radislav Krstic, 2 de agosto de 2001, n° IT-98-33, confirmado en apelación el 19 de abril de 2004.

66 Para el Primer Ministro Benjamin Netanyahu, la decisión es "la encarnación del antisemitismo y la hipocresía": Times of Israel, " Israel enojado por la investigación "antisemita" de la CPI sobre crímenes de guerra; la Autoridad Palestina y Hamas aplauden", 3 de marzo de 2021: https://www.timesofisrael.com/israel-livid-over-scandalous-icc-war-crimes-probe-pa-and-hamas-cheer/

67 En francés en el sitio web del Gobierno: Fiscal General del Estado de Israel, Falta de jurisdicción de la Corte Penal Internacional sobre la supuesta situación en Palestina: https://iccjurisdiction.com/wp - content/uploads/2020/07/L-ABSENCE-DE-COMPETENCE-DE-LA-COUR-PENALE-INTERNATIONALE-CONCERNANT-LA-PR%C3%89TENDUE-SITUATION-EN-PALESTINE.pdf

68 TPIY, El Fiscal contra Haradinaj y otros., n ° ESO-04-84- T, 3 de abril de 2008, § 60; TPIY, El Fiscal contra Boskovskiet y Tarculovsi, n ° IT-04-82- T, 10 de julio de 2008, § 194-205. "La aplicabilidad del derecho internacional humanitario a los grupos armados organizados", J. K. KLEFFNER, Revista Internacional de la Cruz Roja, vol. 93, n° 882, junio de 2011, págs. 443-461 "Toma de prisioneros: revisión de los motivos del derecho internacional humanitario para la privación de libertad por parte de grupos armados de oposición", D. CASALIN, Revista Internacional de la Cruz Roja, n° 883, septiembre de 2011, págs. 743-757.

69 CPI, El Fiscal contra Thomas Lubanga Dyilo, 14 de marzo de 2012, CPI-01/04-01/06, sentencia pronunciada el 10 de julio de 2012; TPIY, El Procrutor contra Hadzihasanovic, Alagic y Kubura, n ° IT-01-47- AR72, 16 de julio de 2003, § 14-18. Tribunal Especial para Sierra Leona, El Fiscal contra Sam Hinga Norman, 31 de mayo de 2004, §

70 Declaración del Fiscal de la CPI Karim A. A. Khan KC desde El Cairo sobre la situación en el Estado de Palestina e Israel, 30 de octubre de 2023: https://www.icc-cpi.int/fr/news/statement-icc-prosecutor-karim-khan-kc-cairo-situation-state -palestina e israel

71 Véase también el punto de vista del Ministerio de Relaciones Exteriores: "TERRITORIOS EN DISPUTA: Hechos olvidados sobre Cisjordania y la Franja de Gaza, febrero de 2003 https://mfa.gov.il/MFA/MFA -Archivo/2003 / Páginas / DISPUTADO%20TERRITORIOS - %20 Olvidado%20 Hechos % 20acerca de%20el%20Nosotros.aspx

72 Estatuto, art. 17.

73 AGONU, Resolución 96 (I) del 11 de diciembre de 1946, A / RES / 96-I.

74 Convención para la Prevención y la Sanción del delito de genocidio de 1948 9 de diciembre de 1948, Resolución 260 A (III) de la Asamblea General. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 78, pág. 277.

75 Genocidio, Un Crimen Moderno, Raphael Lemkin, 1945; Gobierno del Eje en la Europa Ocupada: Leyes de Ocupación-Análisis del Gobierno-Propuestas de Reparación, Raphael Lemkin, Fundación Carnegie para la Paz Internacional, 1944.

76 CIJ, Aplicación de la Convención para la prevención y la sanción del delito de Genocidio (Bosnia y Herzegovina contra Serbia y Montenegro), sentencia, REC. 2007 (I), pág. 121, párr. 187.

77 CIJ, Reservas a la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio, opinión consultiva, CIJ, Código 1951, pág. 23, y Aplicación de la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio (Bosnia y Herzegovina contra Serbia y Montenegro), sentencia, Código de la CIJ 2007 (I), pág. 125, párr. 194.

78 TPIR, El Fiscal contra Musema, n° TPIR-96-13- T, sentencia de primera instancia, 27 de enero de 2000, párr. 165.

79 TPIY, El Fiscal contra Krstić, n ° IT-98-33, sentencia de la Sala de Apelaciones, 19 de abril de 2004.

80 Este fue el caso durante el genocidio de Srebrenica, siendo el "grupo" a los efectos del genocidio los musulmanes bosnios y la "parte" del grupo representada por la comunidad musulmana bosnia de Srebrenica.

81 CIJ, Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del delito de Genocidio, Gambia contra Myanmar, medidas cautelares, auto de 23 de enero de 2020, C. I. J. Reports 2020, pág. 3, párr. 69, citando la Resolución 96(I) de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 11 de diciembre de 1946.

82 CIJ, Aplicación de la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio (Croacia contra Serbia), sentencia, CIJ, informe de 2015, pág. 3, párr. 139.

83 CIJ. Recueil 2007 (I), pág. 126, párr. 98.

84 Ibíd., pág. 127, párr. 201.

85 Ibíd., pág. 126, párr. 199.

86 Artículo 4 del Estatuto del TPIY, cuyo párrafo 2 repite esencialmente el artículo II de la Convención:-98-33- A, sentencia de 19 de abril de 2004, párr. 12.

87 El Fiscal contra Akayesu, * Sentencia de primera instancia.

88 Estatuto de la CPI, Art. 6; Estatuto del TPIY, adoptado por la resolución S/RES / 827, 25 de mayo de 1993, Art. 4; Estatuto del TPIR, adoptado por la resolución S / RES / 955, 8 de noviembre de 1994, art. 2

89 TPIR, El Fiscal contra Akayesu, caso n° TPIR-96-4- T, sentencia de primera instancia, 2 de septiembre de 1998, pág. 523.

90 Recueil de la CIJ 2007 (I), págs. 196-197, párr. 373.

91 CIJ, Aplicación de la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio (Croacia contra Serbia), sentencia, CIJ, Recueil 2015, pág. 3, párr. 148.

92 TPIY, El Fiscal contra Krajišnik, IT-00-39- T, sentencia de 27 de septiembre de 2006, párr. 862; véase también TPIY, El Fiscal contra Tolimir, IT-05-88/2- T, sala de primera instancia, sentencia de 12 de diciembre de 2012, párr. 738.

93 CIJ, Aplicación de la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio (Croacia contra Serbia), sentencia, CIJ, Recueil 2015, pág. 3, párr. 157.

94 CPI, Estatuto, Artículo 31. Hannah TONKIN," Fuerza de Defensa bajo el Estatuto de Roma", Melbourne Journal of International Law, 2005; William A. Schabas, Genocidio en el Derecho Internacional: El Crimen de Crímenes, Capítulo 7" Defensas al Genocidio", Cambridge University Press, julio de 2009.

95 CIJ, Legalidad de la amenaza o el uso de armas nucleares, opinión consultiva, ICJ Reports 1996, pág. 226, párr. 42

96 Véase William A. SCHABAS, Genocide in International Law: The Crime of Crimes, Cambridge University Press 2009, pág. 395; TPIY, El Fiscal contra Martić, Caso núm. ESO-95-11- R61, Examen de la acusación de conformidad con el artículo 61 de las Reglas de Procedimiento y Prueba, 13 de marzo de 1996, párr. 17.

97 TPIY, El Fiscal contra Stakić, IT-97-24- T, sentencia de 31 de julio de 2003, párr. 517 y 518 98 TPIY, El Fiscal contra Brđanin, IT-99-36- T, sentencia de 1 de septiembre de 2004, párr. 691 99 Recueil 2007 (I) de la CIJ, pág. 123, párr. 190

100 TPIY, El Fiscal contra Popović y otros., N ° ESO-05-88- T, sentencia, 10 de junio de 2010, párr. 814.

101 TPIY, El Fiscal contra Popović y otros., N ° ESO-05-88- T, sentencia, 10 de junio de 2010, párr. 815; TPIR, Musema, sentencia, párr. 157.

102 TPIY, El Fiscal contra Brđanin, N ° IT-99-36, sentencia, 1 de septiembre de 2004, párr. 691; El Fiscal contra Stakić, N ° IT-97-24-T, sentencia, 31 de julio de 2003, párr. 517; TPIR, El Fiscal contra Akayesu, sentencia, párr. 506.

103 TPIR, El Fiscal contra Akayesu, sentencia, párr. 523; TPIY, El Fiscal contra Stakić, sentencia, párr. 517; El Fiscal contra Karadžić, N ° IT-95-5/18- T, sentencia, párr. 547. La CIJ también incluye la destrucción de aldeas y casas, la denegación del acceso a alimentos, refugio y otros elementos esenciales para la vida, así como las masacres como actos que infringen el "derecho a la existencia de un grupo protegido" en virtud de la Convención sobre el Genocidio en el contexto de las acusaciones de genocidio contra los rohinyás. Ordenanza de Gambia, párr. 71.

104 TPIY, El Fiscal contra Karadžić, sentencia, párr. 548.

105 El alcance de la destrucción efectiva o tentativa de un grupo, por cualquier acto enumerado en el artículo 2 del Estatuto, es una prueba sólida de la intención de destruir un grupo, en su totalidad o en parte. TPIR, El Fiscal contra Muhimana, n ° ICTR-95-1BT, sentencia, 28 de abril de 2005, párr. 498.

106 TPIY, El Fiscal contra Karadžic, sentencia, párr. 545; Juicio de Akayesu, Sentencia, párr. 502.

107 TPIY, El Fiscal contra Tolimir, N ° IT-05-88/2- T, Sentencia, 12 de diciembre de 2012, párrs. 754- 755. Al evaluar la amenaza de muerte en el contexto de Srebrenica, la sala de primera instancia concluyó: "El sufrimiento de los hombres separados en Potocari o detenidos después de su rendición o captura en la columna de hombres que salían de Srebrenica, sabiendo que corrían el riesgo de ser asesinados, constituyó graves daños corporales y mentales como actos de genocidio. Era probable que contribuyera o tendiera a contribuir a la destrucción del grupo en la medida en que su sufrimiento impidiera a estos miembros llevar una vida normal y constructiva".

108 TPIY, El Fiscal contra Blagojević y Jokić, núm. ESO-02-60- T, sentencia, 17 de enero de 2005, párr. 647.

109 TPIY, El Fiscal contra Blagojević, sentencia, párr. 646 y 650 :" El desplazamiento forzado de mujeres, niños y ancianos fue en sí mismo una experiencia traumática, especialmente cuando fue seguido por una huida de una zona sometida a una ofensiva militar de cinco días cuando fue baleado, separado de su familia y se vio salir humo de sus hogares, sabiendo que el desplazamiento no era temporal".

110 Convención sobre el Genocidio, artículo 2.

111 CIJ, Sentencia, Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, Informes de la CIJ de 2015, párr. 139.

112 CIJ, Bosnia y Herzegovina contra Serbia y Montenegro, 26 de febrero de 2007, Informes de la CIJ de 2007, párr. 126; CIJ, Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Croacia contra Serbia), excepciones preliminares, sentencia, C. I. J. Reports 2008, párr. 199 : https://www.icj-cij.org/case/118/judgments

113 TPIY, El Fiscal contra Jelisić, N ° IT-95-10- A, sentencia de apelación, 5 de julio de 2001, párr. 47. De hecho, las manifestaciones explícitas de intención criminal son "a menudo raras en el contexto de los juicios penales". Deducir la intención de los hechos y circunstancias relevantes "impide que los perpetradores escapen de una condena simplemente porque tales manifestaciones están ausentes": TPIR, El Fiscal contra Rutaganda, n° TPIR-96-3- T, sentencia, 26 de mayo de 2003, párrafo 525. 114 TPIY, El Fiscal contra Jelisić, sentencia en apelación, párr. 47; TPIY, El Fiscal contra Karadžić, sentencia, párrafo 550.

115 TPIY, El Fiscal contra Popović y otros. Sentencia, párr. 824.

116 TPIY, El Fiscal contra Jelisić, sentencia en apelación, párr. 48

117 TPIR, El Fiscal contra Nahimana y otros., No. TPIR-99-52- A, sentencia en apelación, 28 de noviembre de 2007.

118 CIJ, Gambia contra Myanmar, Orden, párr. 55-56.

119 El sitio web de la ONU mantiene un resumen cronológico actualizado: https://unric.org/fr/onu-et-la-crise-au-proche-orient-gaza / "Israel / TPO: Llamamiento urgente de todas las partes a un alto el fuego inmediato para poner fin al sufrimiento civil sin precedentes", Amnistía Internacional, 26 de octubre de 2023, 26 de octubre 2023https://www.amnesty.org/en/latest/news/2023/10/israel-opt-urgent-call-for-an-immediate-ceasefire-by-sufrimiento civil sin precedentes de todas las partes hasta el final / Franja de Gaza, Al-Haq, https://www.alhaq.org/advocacy/gaza-strip; Comunicados de Prensa 2023, Centro Al Mezan para los Derechos Humanos, https://www.mezan.org/en/Archive/2/2023 ; Franja de Gaza, Defensa de los Niños Internacional-Palestina, https://www.dci-palestine.org /; Comunicados de prensa, PCHR, https://pchrgaza.org/en/category/press-releases /. Ver también: AlHaq, Centro Al Mezan para los Derechos Humanos y PCHR, Llamamiento Urgente Conjunto a Procedimientos Especiales sobre la Guerra Total de Israel contra la Población Civil de Gaza (Oct. 11 de diciembre de 2023), https://www.alhaq.org/cached_uploads/download/2023/10/12/final-urgent-appeal-to-special-procedures-on-gaza-11 -oct-1697135190.pdf ; "El Crimen de Genocidio del Pueblo Palestino que se desarrolla en Israel y la Incapacidad de Estados Unidos para Prevenir y Complicidad en el Genocidio", El Centro de Derechos Constitucionales, 18 de octubre de 2023.

120 Louis IMBERT, "Bezalel Smotrich, el colono radical que impone su marca al gobierno israelí", Louis Imbert, Le Monde, 7 de marzo de 2023.

121 Jonathan LIS, "Ministro de Extrema Derecha Smotrich: Los Palestinos No Existen, la Casa Blanca Debe Escuchar la Verdad", Jonathan Lis, Haaretz, 20 de marzo de 2023.

122 El término "por la fuerza" no se limita a la fuerza física y puede incluir un acto cometido mediante el uso de la amenaza de la fuerza o la coacción contra dicha persona o contra dicha persona o terceros, como el causado por la amenaza de violencia, coacción, detención, presión psicológica, abuso de poder o en favor de un clima coercitivo.

123 Se entiende que aquí no es necesario ningún elemento psicológico adicional, excepto el inherente al elemento 6.

124 El término "asesinado" es intercambiable con la expresión"causó la muerte de".

125 En lo que respecta a la nacionalidad, se entiende que el autor solo tenía que saber que la víctima pertenecía al bando enemigo en el conflicto.

126 La expresión "conflicto armado internacional" abarca la ocupación militar.